SALTA,28 MAYO 2001
RESOLUCION.CS.Nº 071/01
VISTO las presentes actuaciones por las cuales la DIRECCIÓN DE LA MAESTRÍA EN POLÍTICAS SOCIALES de la FACULTAD DE HUMANIDADES eleva Proyecto de Convenio Marco a suscribirse entre el FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA (UNICEF) y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la implementación del Convenio, las partes se comprometen a promover y desarrollar actividades de actualización, postgrado e investigación con el objeto e profundizar la plena vigencia de los derechos humanos de la niñez y de la adolescencia a través de vínculos de colaboración de ambas instituciones.
Que han tomado la intervención que les compete tanto la SECRETARÍA ACADÉMICA como la DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA, quienes emitieron sus opiniones respectivas.
Que asimismo, el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, mediante Resolución N° 025/01, prestó el aval respectivo para la firma del convenio, por cuanto entiende la importancia del mismo para la citada Unidad Académica.
Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 011/01,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Cuarta Sesión Ordinaria del 17 de mayo de 2001)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el proyecto de Convenio Marco a suscribirse entre el FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA (UNICEF) y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, cuyo texto obra a fojas 15/18 de las actuaciones de referencia.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar al Sr. Rector a suscribir el referido convenio y a realizar los trámites pertinentes para su puesta en vigencia.
ARTÍCULO 3°- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, UNICEF, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Maestría en Políticas Sociales, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, U.A.I., Coordinación de Relaciones Internacionales y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Rectorado para su toma de razón y demás efectos.-
RSR
FDO:
Prof.
Juan A. BARBOSA
Dr. Víctor Omar VIERA