SALTA,28 MAYO 2001


Expediente N° 1.432/00.-

RESOLUCION.CS.Nº 062/01

VISTO las presentes actuaciones por las cuales se tramita la firma de un Convenio de Colaboración Mutua entre la ASOCIACIÓN CIVIL SPERANTIA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, y


CONSIDERANDO:


Que a través del Convenio la Universidad autoriza a la ASOCIACIÓN a utilizar un espacio físico donde funciona la Central Telefónica por el término de dos (2) años, con posibilidad de renovar la concesión y se compromete en hacer conocer a las Facultades los objetivos de la Asociación.


Que por otra parte, la ASOCIACIÓN se compromete a realizar actividades tales como: diligencias, trámites administrativos (pagos de impuestos, compras urgentes, etc.); entrega de dinero mediante un cupón de garantía; trámites bancarios, tarjetas de crédito, órdenes médicas, compra de medicamentos y otros; pedidos y compras de todo tipo; etc.


Que han tomado la intervención que les compete, tanto la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA como la DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA, a través de sendos informes.


Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 004/01,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Cuarta Sesión Ordinaria del 17 de mayo de 2001)

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Proyecto de Convenio de Colaboración Mutua a suscribirse entre la ASOCIACIÓN CIVIL SPERANTIA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, cuyo texto obra a fojas 11/12 de las actuaciones de referencia.


ARTÍCULO 2°.- Autorizar al Sr. Rector a suscribir el referido Convenio y a realizar los trámites respectivos para su puesta en vigencia.


ARTÍCULO 3°- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Asociación SPERANTIA, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, U.A.I., Coordinación de Relaciones Internacionales y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA para su toma de razón y demás efectos.-


RSR

FDO:
Prof. Juan A. BARBOSA
Dr. Víctor Omar VIERA