SALTA,04 ABRIL 2001
RESOLUCION.CS.Nº 034/01
VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Intendente Municipal de EL CARRIL, Dn. Luis Francisco D?ANDREA, solicita el dictado de distintos cursos del Programa de Capacitación en el marco del Convenio suscrito con esta Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA elaboró los lineamientos generales por los cuales se desarrollarán los Cursos.
Que la inscripción a los Cursos será gratuita y tendrán prioridad de acceso las personas desempleadas y aquellas que no hubiesen realizado otros cursos del Programa.
Que los fondos utilizados no afectan el presupuesto de la Universidad, por cuanto se financian con los aportes del Fondo Solidario aprobado por Resolución Rectoral N° 240/00.
Que las actividades que se desarrollarán se enmarcan en los Artículos 77, 78 y 79 del Estatuto Universitario.
Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 017/01,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Tercera Sesión Ordinaria del 29 de marzo de 2001)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar los lineamientos generales del Programa de Capacitación Continua con Salida Laboral, elaborado por la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, cuyo texto obra como Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el dictado de cinco (5) cursos de formación básica para el empleo en la localidad de EL CARRIL, con la organización conjunta entre la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA y la MUNICIPALIDAD DE EL CARRIL, conforme al detalle obrante en el ANEXO II de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Municipalidad de EL CARRIL, Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías y Direcciones Generales. Cumplido, siga a la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA a sus efectos.-
RSR
FDO:
Prof.
Juan A. BARBOSA
Dr. Víctor Omar VIERA
ANEXO I - Expediente N° 17.501/01.-
Programa de Capacitación Continua con Salida Laboral
Primero: La Universidad Nacional de Salta -a través de la Secretaría de Extensión Universitaria- y La Municipalidad de El Carril organizarán en forma conjunta el "Programa de Capacitación Continua con Salida Laboral", consistente en el dictado de cinco cursos de formación básica para el empleo en la ciudad de El Carril.
Segundo: El Programa perseguirá como objetivos:
brindar a los miembros de la comunidad que no pudieron acceder a una educación universitaria la posibilidad de expandir su formación a través de la adquisición de nuevos conocimientos o habilidades que les sirvan como herramientas básicas para el desempeño laboral en distintas áreas;
aplicar esos conocimientos y habilidades a aspectos demandados por el mercado laboral actual, a fin de lograr el éxito en la búsqueda de empleo;
acercar a La Universidad al medio del que forma parte, involucrándose en su problemática y ofreciendo soluciones acordes a ella.
Tercero: Para acceder a los cursos será necesario cumplir los requisitos de admisión establecidos en cada caso por los docentes respectivos. La inscripción será gratuita y tendrán prioridad de acceso las personas desempleadas y quienes no hubiesen realizado otros cursos del Programa.
Cuarto: los aspirantes que habiéndose inscripto en un curso determinado no asistieran a las clases previstas o abandonaran el cursado antes de su finalización -sin causa justificada- no podrán acceder a cursos posteriores del programa.
Quinto: La Municipalidad de El Carril se ocupará de:
difundir las actividades del Programa con el detalle de sus características;
efectuar las inscripciones para los cursos aprobados;
aportar las aulas y los elementos de dictado necesarios;
registrar la asistencia de los alumnos de cada curso;
entregar los certificados a los participantes que cumplan las condiciones establecidas en las respectivas propuestas;
solventar los gastos necesarios para el traslado de los docentes desde Salta hasta el lugar de dictado de los cursos.
Sexto: La Secretaría de Extensión Universitaria se hará cargo de:
solventar con el "Fondo Solidario para la Emergencia Social" constituido por RR Nº: 240/00 los honorarios de los responsables de los cursos aprobados, los que serán abonados a través de Secretaría Administrativa contra la presentación y/o firma de los comprobantes correspondientes una vez que Secretaría de Extensión certifique su real dictado;
extender los certificados a los alumnos que cumplan las condiciones establecidas en cada caso, los que serán firmados por: el responsable del curso correspondiente, el Intendente de El Carril y el Secretario de Extensión Universitaria. La certificación deberá incluir: el nombre y el apellido del participante, el número de documento que lo identifique, el nombre del curso realizado, su duración en horas reloj y la indicación de si se trata de un certificado por asistencia o aprobación.
Séptimo: No se reconocerán erogaciones adicionales a los montos fijados en concepto de honorarios por disertación.
Octavo: La Municipalidad de El Carril podrá modificar la fecha, el lugar y el horario de dictado de los cursos, cuando ocurriesen razones de fuerza mayor que hicieran imposible el cumplimiento de la programación estipulada originariamente.