SALTA, 18 DICIEMBRE 2000
Expedientes Nros. 4. 576/00; 4.797/00 y 4.703/00
RESOLUCIÓN CS Nº 347/00
VISTO las presentes actuaciones por las cuales docentes de la FACULTAD DE HUMANIDADES solicitan ayuda económica para solventar parcialmente gastos que demanden la realización de actividades de capacitación y posgrado, y
CONSIDERANDO:
Que las actividades a realizar por los peticionarios se encuadran en la Resolución CS N0 229/91 y modificatoria, que reglamentan la asignación del Fondo de Capacitación Docente.
Que el CONSEJO DIRECTIVO de la mencionada Unidad Académica analizó los pedidos formulados y acordó solicitar al CONSEJO SUPERIOR la asignación de fondos a favor de cada uno de los profesionales.
Que la COMISIÓN DE HACIEINDA de este Cuerpo ha emitido su opinión mediante sendos Despachos que obran en las respectivas actuaciones.
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Decimoctava Sesión Ordinaria del 14 de diciembre de 2000)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar a los docentes de la FACULTAD DE HUMANIDADES que se detallan a continuación, las sumas que en cada caso se consignan, para solventar parcialmente gastos que demanden la realización de actividades de capacitación y posgrado, en el marco del Fondo de Capacitación Docente:
Docente |
Cargo |
Expte. N° |
Monto ($) |
Marcelo Daniel MARCHIONNI |
AUX. 1° D.SE. |
4.797/00 |
90,oo |
Marcelo Daniel MARCHIONNI |
AUX. 1° D.SE. |
4.703/00 |
300,oo |
María C. MERCADO HERRERA |
P.AD.D.SE. |
4.576/00 |
300,oo |
ARTÍCULO
2°.- Establecer que las docentes mencionadas deberán
presentar ante los organismos pertinentes de esta Universidad, una
detallada y oportuna rendición de cuentas de los gastos
efectuados, hasta cubrir la suma asignada en cada caso.
RSR
Fdo.
Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Humanidades, Dirección General de Administración, Dirección de Contabilidad y docentes mencionadas. Cumplido, siga a Dirección de Contabilidad a sus efectos.-