SALTA, 16 JUNIO 2000


Expedientes Nros. 8.086/00 y 11.060/99.-

RESOLUCIÓN CS Nº 121/00


VISTO el planteo efectuado por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA ante la Justicia Federal, demandando en forma indirecta que se incluya a la misma en el Régimen de Disminución de las Contribuciones Patronales a cargo de los empleadores, ordenado oportunamente por el Poder Ejecutivo Nacional a través de los Decretos 2.609/93 y 1.791/94, sus modificatorios y normas concordantes, y


CONSIDERANDO:


Que la Asociación de Docencias e Investigadores de la Universidad Nacional de Salta (ADIUNSa.) solicitó ante el Consejo Superior y los Consejos Directivos de las Facultades de esta Universidad el análisis de esta situación, presentando múltiples informes al respecto.


Que las Facultades de Ciencias Naturales, de Ciencias Exactas y de Humanidades resolvieron, a través de sus Consejos Directivos, solicitar al Consejo Superior que se abandonen los planteos ante la Justicia Federal referidos a este tema.


Que la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, resolvió, con fecha 19/04/00, revocar la sentencia de primera instancia de fecha 5-10-99, que (como consta en fs. 8) hacía lugar a la demanda promovida por el Sr. Rector de la UNSa, declarando la inconstitucionalidad de los Decretos respectivos, debiéndose compensar la deuda que sobre el particular tuviese la UNSa con la AFIP desde el 1º de enero de 1994 hasta la fecha en que la presente quedase firme.


Que las COMISIONES DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO y de HACIENDA de este Cuerpo emitieron su opinión, mediante Despacho Conjunto N° 001/00.


Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Séptima Sesión Ordinaria del 1° de junio de 2000)

R E S U E L V E :


Artículo 1º.- Desistir en la prosecución de acciones jurídicas tendientes a que esta Universidad se ampare en el decreto de reducción de aportes patronales.


ARTÍCULO 2°.- Disponer que dichos trámites se concreten a través de la DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA de la Universidad.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a esta última dependencia a sus efectos.-

RSR


Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA