SALTA, 14 ABRIL 2000
Expediente Nº
2.526/99.-
RESOLUCIÓN CS Nº 057/00
VISTO el Proyecto de Resolución presentado por el Sr. Secretario del Consejo
Superior, Prof. Juan A. BARBOSA, en el sentido de fijar criterios para la selección y
designación del personal docente a desempeñarse en las distintas actividades que las
Unidades Académicas realizan como apoyo a los ingresantes a esta Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Plenario del C.I.N. N0 294 establece las cargas horarias máximas que pueden desempeñar los docentes de las Universidades Nacionales, fijando que ... .en ningun caso las tareas a cumplir en todo el sistema universitario superará las 50 horas de labor semanal, lo que deberá tener su debido corre/ato en la asignación de cargos que se haga al docente "
Que el Acta Acuerdo realizada en el marco de la Comisión Negociadora del Nivel General - Sector Docente fue aprobada por Resolución CS N0 262/98, de fecha 3/9/98.
Que asimismo, existe cierto vacio jurídico en cuanto a funciones, carga horaria, incompatibilidades, selección y designación de los coordinadores e instructores de las jornadas de ingreso.
Que cori fecha 20 de mayo, este Cuerpo dio tratamiento al tema relacionado con la situación planteada por el Enf. Martín Nadal y resolvió elaborar una resolución marco fijando criterios de designación para el personal que se desempeñe en actividades relacionadas con el ingreso.
Que las COMISIONES DE HACIENDA y de DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA, mediante Despachos Nros. 150/99 y 055/00 respectivamente, emitieron sus opiniones al respecto.
Por ello y en uso de la atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Cuarta Sesión Ordinaria deI 6 de Abril de 2000)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establecer que toda designación en cualquier cargo docente, deberá realizarse conforme a las disposiciones previstas en el Reglamento de Concursos para la Provisión de cargos de J.T.P. y Auxiliares Docentes de ira. Categoría (Res. N0 661/88 y modificatorias) o Reglamento para la Provisión de Cargos de Profesores Regulares (Res. 350/87 y modificatorias), según corresponda.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que todo aumento de dedicación mayor a tres (3) meses, en cualquier cargo docente, deberá formalizarse conforme a las disposiciones previstas en el Reglamento de Concursos para Ja Provisión de cargos de J.T.P. y Auxiliares Docentes de ira. Categoria (Res. N0 661/88 y modificatorias) o Reglamento para la Provisión de Cargos de Profesores Regulares (Res. 350/87 y modificatorias), según corresponda.
ARTÍCULO 3º.- La designación de los Instructores para los Cursos de Apoyo y/o Ingreso debe realizarse en cargos encuadrados en el Estatuto de la Universidad Nacional de Salta, esto es: Profesor Titular, Asociado o Adjunto; Auxiliares: J.T. P., Auxiliar Docente de 1ra. Categoría o Auxiliar Docente de 2º Categoría.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar a las UNIDADES ACADÉMICAS que se encuentra en vigencia el Régimen de Incompatibilidad para el personal de esta Universidad, aprobado por Resolución CS N0 420-99.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías y Direcciones Generales. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos.-
RSR
Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA