SALTA, 15 MARZO 2000
Expediente N° 12.196/99.-
RESOLUCIÓN CS Nº 028/00
VISTO estas actuaciones por las cuales Personal de Apoyo Universitario de la Facultad de Ciencias de la Salud plantean situación de los Departamentos Docencia y Alumnos y solicitan se autorice el pago de un adicional por mayor extensión horaria, y
CONSIDERANDO:
Lo solicitado por la Comisión de Hacienda de la Facultad, a fojas 14: Visto las presentes actuaciones por las cuales agentes de esta Facultad solicitan el pago de un adicional por mayor extensión horaria y debido a la escasa planta con que cuenta la Facultad, esta Comisión solicita con pronto despacho a la Secretaría Administrativa interpretación de la ley 24.447 en el sentido de definir si el 15% de crédito destinado a otros gastos distintos a personal, corresponde a la Universidad en su conjunto o a cada unidad en particular
Que la Dirección de Asesoría Jurídica entiende que la interpretación respecto al alcance de la norma, en cuanto a definir si el 15% de crédito destinado a Otros Gastos distintos de Gastos en Personal, es una cuestión de exclusiva competencia del Consejo Superior.
Que COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo emitió su opinión, mediante Despacho N° 009/00.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Segunda Sesión Ordinaria del 9 de Marzo de 2000)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- Interpretar que el QUINCE POR CIENTO (15%) a que hace referencia el Articulo 19 de la Ley 24.447 debe entenderse a nivel Universidad.
ARTÍCULO
2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de
Ciencias de la Salud, Secretaría Administrativa, Dirección
General de Personal, Dirección de Presupuesto y Asesoría
Jurídica. Cumplido, siga a la mencionada Facultad a sus
efectos.-
RSR
Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor
Omar VIERA