SALTA,
29 febrero 2000
Expediente N° 10.716/99.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 004/00
VISTO las presentes actuaciones y la
Resolución N° 1.414/99 por la cual el Decano de la
Facultad de Ciencias NATURALES autoriza la impresión entradas
numeradas para el cobro de aranceles para el ingreso a los salones de
exhibición del MUSEO DE CIENCIAS NATURALES, cuyo monto oscila
entre DIEZ CENTAVOS ($ 0,10) y PESOS UNO ($ 1,oo),
y
CONSIDERANDO:
Que, asimismo, dispone que el 10% que se
recaude por este concepto será imputado a la cuenta INGRESOS
NO TRIBUTARIOS DERECHOS y el 90% será depositado en la
cuenta bancaria que posee la Facultad y destinado a atender los
gastos que genera el Museo.
Que, a través del Artículo
4°, solicita que este Cuerpo exima a la mencionada UNIDAD
ACADÉMICA el depósito del 10% aludido precedentemente y
contemplado en las reglamentaciones vigentes.
Que, al respecto, el
Artículo 13 de la Resolución CS N° 078/99 establece
que los recursos propios generados en el ámbito de la
Universidad Nacional de Salta, cualesquiera sea su naturaleza y
origen, quedan sujetos a una retención del 10% directo a favor
y disposición del Consejo Superior, salvo que la normativa
vigente establezca una alícuota o distribución
diferente o se encuentren expresamente exceptuados.
Que el
Artículo 4° del Reglamento de Funcionamiento y
Financiamiento de las Actividades Académicas Autofinanciadas
dispone la forma de distribución de la participación
que reciba esta Universidad como consecuencia de generación de
actividades académicas autofinanciadas.
Que, teniendo en
cuenta lo establecido en las reglamentaciones citadas, no corresponde
hacer lugar a lo solicitado.
Que COMISIÓN DE HACIENDA de
este Cuerpo emitió su opinión, mediante Despacho N°
003/00.
Por ello,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DE SALTA
(en su Primera Sesión Ordinaria del 24 de
Febrero de 2000)
R E S U E L V E :
Artículo
1°.- Convalidar los aranceles fijados por la Facultad de Ciencias
Naturales mediante Resolución N° 1.414/99 y disponer que,
sobre el total recaudado en este concepto, se efectué la
retención del 10% fijado en la Resolución CS Nº
128/99 y se realice el depósito en la cuenta Ingresos No
Tributarios de esta Universidad.
ARTÍCULO 2°.-
Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias
Naturales, Secretaría Administrativa, Dirección General
de Administración, Dirección de Contabilidad, Dirección
de Presupuesto, U.A.I. y Tesorería General. Cumplido, siga a
la mencionada Unidad Académica a sus
efectos.-
RSR
Fdo.
Prof.Juan Antonio BARBOSA
Dr.
Victor Omar VIERA