SALTA, 27/12/99.-

Expediente Nº 226/99

 

RESOLUCION CS 439/99

 

VISTO la Resolución CS 077/99 por la cual se establecen aranceles para la expedición de determinada documentación en el ámbito de esta Universidad, y

CONSIDERANDO:

Que, con relación a las Carreras de Posgrado, dicho acto administrativo establece que el arancel será fijado por el Consejo Superior en cada caso en particular.

Que SECRETARIA ACADÉMICA informa que, de acuerdo al estudio de costo del material que se utiliza para la confección los diplomas de pos-título y posgrado (Especialista, Magister y Doctor), no resulta conveniente establecer diferencias para el cobro del arancel por expedición de dichos títulos, ya que el costo es idéntico en todos los casos.

Que, por tal motivo, sugiere fijar un arancel único de PESOS OCHENTA ($ 80,00) para la expedición de los mencionados títulos.

Que la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo emitió su opinión mediante Despacho 271/99.

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (en su Tercera Sesión Extraordinaria del 22 de Diciembre de 1999)

R E SU E L V E:

ARTICULO 1°._ Aprobar la propuesta del Sr. VICERRECTOR a/c de SECRETARIA ACADÉMICA y, en consecuencia, fijar un arancel único de PESOS OCHENTA ($ 80,00), para la expedición de Diploma y Certificado Analítico de los Títulos de Posgrado.

ARTICULO 2°._ Comuníquese a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Direcciones Generales, Secretarías, Coordinación de Relaciones Internacionales, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Unidad de Auditoría Interna, Tesorería General, Dirección de Control Curricular y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a SECRETARIA ADMINISTRATIVA para su toma de razón y demás efectos.-

       

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. HIPÓLITO RODRÍGUEZ PIÑEIRO