SALTA,04 OCTUBRE 1999


Expediente N° 18.018/99.-


RESOLUCION.CS. Nº 299/99

VISTO las presentes actuaciones y la Resolución Rectoral N° 254-99, dictada ad-referéndum del Consejo Superior, por la cual se adopta en forma indistinta el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas y el Registro Provincial de Constructores de la Provincia de Salta, como requisito para licitar las Obras Públicas de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, con las normas y reglamentaciones propias de los mismos, y


CONSIDERANDO:


Que a través del Artículo 2° se adopta como válido la Forma de Pago de Obras Públicas, el sistema de Anticipo de Obra, cuyo monto o proporción no podrá superar el setenta por ciento (70%) de los Certificados Previstos en el Plan de Trabajos que se aprueba, contra la presentación de una Garantía de Ejecución de Obra a entera satisfacción de la UNIVERSIDAD. El pliego de cada obra a licitar deberá incluir el mecanismo de pago, el porcentaje a anticipar con el tope máximo establecido y todos los resguardos necesarios que garanticen en forma automática el rescate de fondos por incumplimiento del contratista.


Que dicho acto administrativo se emitió en procura de evitar demoras en el trámite administrativo correspondiente.


Que la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo ha emitido su opinión mediante Despacho N° 146/99.


Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décimo Tercera Sesión Ordinaria del 30 de Setiembre de 1999)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1°.- Homologar la Resolución Rectoral N° 254-99, de fecha 2 de Julio de 1999, por las razones invocadas en los considerandos de la presente.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales de Administración y de Obras y Servicios Públicos, Tesorería General, Dirección de Compras, Dirección de Contabilidad, Dirección de Presupuesto, Consejo de Investigación y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Dirección General de Obras y Servicios a sus efectos.-

RSR

Fdo:

Prof. Juan Antonio Barbosa

Dr. Juan Carlos Gottifredi