RESOLUCIÓN CS Nº 186/99
VISTO la presentación efectuada por la Federación Universitaria de Salta (FUSa), en la que solicita prórroga del plazo para la presentación del Certificados de Estudios Secundarios Completos, por parte de alumnos ingresantes en el presente período lectivo, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución CS N° 193/94, este Cuerpo estableció que el plazo para la presentación de dicho certificado opera al inicio del Segundo Cuatrimestre de cada año, teniendo en cuenta el Calendario Académico de la Unidad Académica respectiva.
Que la FUSa. solicita, además, se tenga en cuenta lo dispuesto por el Consejo Superior a través de la Resolución N° 270/98, en la que otorga una prórroga hasta el 30/10/99, para la presentación del certificado a los estudiantes ingresantes en el período lectivo 1998.
Que los fundamentos esgrimidos por la FUSa. no son relevantes, dado que durante los meses de agosto a octubre los Colegios Secundarios no implementan mesas examinadoras.
Por ello,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en Cuarto Intermedio de su Octava Sesión Ordinaria del 8 de Julio de 1999)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- No hacer lugar al pedido formulado por la Federación Universitaria de Salta (fusa.), por las razones invocadas en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Establecer el turno ordinario de Julio de cada año, como último plazo para que los alumnos ingresantes a esta Universidad presenten el Certificado o Constancia de Estudios Secundarios Completos.
ARTÍCULO
3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades,
Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, F.U.Sa.,
Secretarías, Direcciones Generales y Asesoría Jurídica.
Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo
Superior.-
RSR
Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Juan
Carlos Gottifredi