SALTA,21 MAYO 1999


Expediente N°10.518/98 - Ref. 02/99.-


RESOLUCION.CS.Nº 086/99

VISTO la Resolución N° 0034/99 del CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES por la que se autoriza el dictado del Curso "Aportes de la Epistemología y la Historia de las Ciencias Fácticas a la Enseñanza de las Disciplinas Específicas" durante los días 25 y 26 de febrero y 11 y 12 de marzo de 199., y


CONSIDERANDO:


Que mediante el Artículo 4º se fija un arancel de PESOS CINCUENTA ($ 50,00) para la inscripción de alumnos de postgrado de la Facultad, docentes e investigadores de la Universidad y PESOS OCHENTA ($ 80,oo) para otros interesados.


Que, asimismo, el Artículo 5º dispone que con el 90% de lo recaudado se atenderán los gastos emergentes del dictado del Curso, mientras que el 10% restante será imputado a la Cuenta Ingresos no Tributarios-Derechos de la citada Unidad Académica.


Que el total recaudado no logró cubrir los gastos de traslado, viáticos y pasajes previstos.


Que, en consecuencia, la mencionada Unidad Académica solicita se la exceptúe de efectuar el aporte del 10% de lo recaudado en Tesorería General de la Universidad.


Que la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo ha emitido su opinión mediante Despacho N° 010/99.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Quinta Sesión Ordinaria del 13 de Mayo de 1999)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1º.- Exceptuar a la Facultad de Ciencias Naturales de efectuar el aporte de 10% correspondiente a la alícuota en concepto de Aporte No Tributario por el desarrollo del Curso autofinanciado "Aportes de la Epistemología y la Historia de las Ciencias Fácticas a la Enseñanza de las Disciplinas Específicas", entre los días 25 y 26 de febrero y 11 y 12 de marzo del corriente año.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias Naturales, Secretaría Administrativa, Dirección General de Administración, Unidad de Auditoría Interna, Dirección de Contabilidad y Tesorería General. Cumplido, siga a la mencionada Unidad Académica para su toma de razón y demás efectos.-

RSR

Fdo:

Prof. Juan Antonio Barbosa

Dr. Victor Omar Viera