SALTA,01 MARZO 1999
Expediente N° 2.505/98.-
Que mediante el Artículo 1° del citado acto administrativo se solicita a la mencionada Unidad Académica el depósito en Tesorería General del 10% que se aplica en esta Universidad en carácter de alícuota de retención vigente para las actividades autofinanciadas, académicas y no académicas, según uso, costumbre y normativa.
Que el funcionario entiende que el acto es jurídicamente inexistente dado carece de CAUSA, por cuanto se fundamenta en un supuesto Despacho de la Comisión de Hacienda, carente de firma.
Que analizado el planteo del señor Decano, los consejeros integrantes de la Comisión de Hacienda entendieron necesario analizar nuevamente la problemática de los cursos autofinanciados.
Que el Consejo Directivo de la mencionada Facultad, mediante Resolución N° 677/98, solicita la emisión de una norma que regule las actividades académicas autofinanciadas, en especial sobre la participación que le corresponde a la Universidad o Unidad generadora de ingresos, apropiación de los fondos, su oportunidad, los porcentajes respectivos contemplando la posibilidad de que el mencionado financiamiento pudiera resultar deficitario por cuestiones de imprevisibilidad y con respeto irrestricto del Artículo 120 del Estatuto de la Universidad.
Que, por razones de oportunidad, resulta conveniente dejar en suspenso la aplicación de la Resolución CS N° 510/98 hasta tanto la Comisión de Hacienda produzca un Proyecto de Reglamentación respecto de los fondos de actividades autofinanciadas.
Que la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo ha emitido su opinión mediante Despacho N° 002/99.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
(en su Primera Sesión Ordinaria del 25 de Febrero de 1999)
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°.- Dejar en suspenso, por el término de treinta (30) días, la aplicación de la Resolución CS N° 510/98.
ARTÍCULO 2°.- Disponer que dentro de ese plazo la Comisión de Hacienda eleve a este Cuerpo un Proyecto de Reglamento que regule las actividades académicas autofinanciadas de esta Universidad.
ARTÍCULO 3°.- Hágase saber y remítase copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales, Secretaría Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad y Unidad de Auditoría Interna.. Cumplido, siga a Asesoría Jurídica para su toma de razón y demás efectos.-
RSR
FDO:
Prof. Juan Antonio Barbosa
Dr. Juan Carlos Gottifredi