SALTA, 23/12/96.-
Expediente Nº 935/95
RESOLUCION CS 158/96
VISTO:
Las presentes actuaciones y la Resolución Rectoral N° 656-95 por la cual se fija, a partir de 1996, los
requerimientos básicos para lograr, con carácter de excepción, la condición de
aspirante a la Universidad por parte de los postulantes mayores de 25 años sin
título de estudios secundarios, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 7 °
de la Ley de Educación Superior; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho acto administrativo se emitió en procura de evitar mayores
demoras en el trámite administrativo.
Que el mismo se basa en la opinión favorable producida por la Comisión de
Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho N°
142/95,
POR ELLO y en uso
de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en sesión ordinaria del 28/11/96 con Cuarto Intermedio el 09/12/96) RESUELVE:
ARTICULO 1 ° ,- Homologar la Resolución Rectoral N°
656/95, dictada ad-referéndum del Consejo Superior, por la cual se fija, a
partir de 1996, los requerimientos básicos para lograr, con carácter de
excepción, la condición de aspirante a la Universidad por parte de los
postulantes mayores de 25 años sin título de estudios secundarios, de acuerdo
con lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley de Educación Superior, a la vez
que se establecen las condiciones de admisión que
deben cumplir los aspirantes.
ARTICULO 2°._ Hágase saber, comuníquese con copia a: Sr. Rector,
Facultades, Sedes Regionales y Secretarías. Cumplido, por Mesa de Entradas de
esta Secretaría, circularícese a conocimiento de las
Unidades Académicas.
RSR
SR. JUAN H.
HERRERA – LIC. JUAN J. SAUAD - CPN NARCISO R. GALLO