SALTA, 21/05/96.-
Expediente Nº 525/91
RESOLUCION CS 069/96
VISTO:
Estas actuaciones y la Resolución CS N° 229/91 Y
su ampliatoria, CS N° 380/91, por la cual se crea el
"Fondo de Capacitación Docente" de esta Universidad; y,
CONSIDERANDO:
Que el inc. b) del Artículo 8 ° de la misma establece que
quedan incluidas dentro del Fondo de Capacitación las visitas de docentes o
investigadores de Centros Nacionales o Extranjeros de reconocida jerarquía,
para realizar actividades de perfeccionamiento de duración no menor de un mes.
Que, ante esta situación, las Unidades Académicas se
encuentran impedidas de utilizar dicho fondo para la concurrencia de
profesionales o investigadores de reconocida trayectoria por períodos
inferiores al citado en la resolución.
Que es imprescindible posibilitar la presencia de estos profesionales para
la formación y capacitación de docentes e investigadores de esta Universidad.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo
aconsejado por la Comisión de Hacienda, mediante Despacho N°
006/96,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en sesión ordinaria del
09/05/96 con Cuarto Intermedio del 16/05/96)
RESUELVE:
ARTICULO 1°._ Modificar el Artículo 8°, inc. b) de la Resolución CS N° 229-91, el
que quedará redactado de la siguiente manera:'
"Visitas
de docentes o investigadores de Centros Nacionales o Extranjeros de reconocida
jerarquía, de duración no menor de quince (15) días, salvo en el caso de que se trate de
programas de mayor envergadura, Dicho financiamiento consistirá en pasajes y/o
viáticos. "
ARTICULO 2°._ Hágase saber, comuníquese con copia a: Sr. Rector,
Facultades, Sedes Regionales, Secretaría Académica, Secretaría General, Secretaría
Administrativa y Dirección General de Administración. Cumplido, circularícese a conocimiento de las respectivas Unidades
Académicas.
RSR
SR. JUAN H.
HERRERA – LIC. JUAN J. SAUAD - CPN NARCISO R. GALLO