SALTA, 17/11/95.-
Expediente Nº 12.152/95
RESOLUCION CS 185/95
VISTO:
Estas actuaciones por las que la Facultad de Ciencias de la Salud y de Humanidades solicitan asignación provisoria de espacios físicos, en los lugares que próximamente desocupará la Facultad de Ciencias Naturales en el edificio de Biblioteca Central y en el Complejo Universitario; y,
CONSIDERANDO:
Que dado el déficit de espacios físicos con que cuentan las Facultades de Ciencias Exactas, de Ciencias de la Salud y de Humanidades para desarrollar sus actividades académicas y administrativas, se hace necesario reasignar los espacios físicos aludidos.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por Comisión de Hacienda, mediante Despacho N° 058/95,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en sesión ordinaria del 26-10-95 y Cuarto Intermedio del 02-11-95)
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Reasignar el espacio físico disponible en el Edificio de Biblioteca Central y en el Sector Aulas del Complejo Universitario, que próximamente será liberado por la Facultad de Ciencias Naturales, de la siguiente manera:
a.- Sector de Boxes que ocupa actualmente la Facultad de Ciencias de la Salud en Edificio de Biblioteca Central se destina a la Facultad de Ciencias Exactas.
b.- Espacio que ocupa actualmente la Facultad de Ciencias Naturales en Edificio de Biblioteca Central se destina a la Facultad de Humanidades.
c.- Sector común de aulas del Complejo Universitario de una superficie total cubierta de 142,5 m2 que ocupa la Facultad de Ciencias Naturales se destina a la Facultad de Ciencias de la Salud.
d.-La Facultad de Ciencias de la Salud tendrá prioridad de uso sobre las aulas 201 y 202 del Complejo Universitario para el desarrollo de sus actividades académicas.
ARTICULO 2º.- Hágase saber, comuníquese con copia a: Sr. Rector, Secretaria General, Secretaria Administrativa, Facultades de Ciencias de la Salud, de Ciencias Exactas y de Humanidades. Cumplido, siga a la Facultad de Ciencias de la Salud para su toma de razón y demás efectos.-
RSR
SR. JUAN H. HERRERA – LIC. JUAN J. SAUAD – ING. RAUL PEDRO
A. BELLOMO