SALTA, 04/10/94.-
Expediente Nº 744/88 Ref. 2/94
RESOLUCION CS 276/94
VISTO:
Estas actuaciones y lo solicitado por Secretaria General en el sentido que se autorice una excepción a lo establecido por el Reglamento de Concursos para el Personal No Docente, en lo referido a la integración de Jurados en la cobertura de algunos cargos, que par su especificidad no es posible integrarlos con personal de nuestra Universidad; y,
CONSIDERANDO:
Que no se
observan impedimentos para constituir los Jurados con personas que desempeñen
sus funciones en ámbitos externos a esta Universidad, siempre y cuando reúnan
los requisitos previstos en el Articulo 11 de
Que con
respecto a 1a posibilidad de incorporar como miembros del Jurado a funcionarios
y/o docentes, se interpreta que no es factible, excepto que los mismos cumplan
con los requisitos del ya citado Articulo 11 de
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho N" 014/94
EL CONSEJO SUPERIOR
DE
(en sesión extraordinaria del 29 de Septiembre de 1994)
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Dejar establecido que no se observan impedimentos
para designar como miembros de Jurados a personas que desempeñen sus funciones
en ámbitos externos a esta Universidad, siempre y cuando reúnan los requisitos
previstos en el Artículo 11 de
ARTICULO 2º.- Interpretar que no es factible incorporar como
miembros de Jurados a funcionarios y/o docentes, excepto que los mismos cumplan
con los requisitos previstos en el Reglamento para el Ingreso y Promoción del
Personal No Docente de esta Universidad (Articulo 11 de
ARTICULO 3º.- Hágase saber, comuníquese con copia a: Señor Rector, Secretaria General, A.P.U.N.Sa. y Dirección General de Personal.
RSR
CRA. HAYDEE
ALVARENGO – SR. GERARDO H. CARRASCO – DR. RAFAEL M. RIVERO