RESOLUCION -CD- Nº
191/2009
Salta, 11 de Mayo de 2009
Expediente Nº 12.104/09
VISTO:
Las
notas presentadas por las alumnas Mónica Daniela FLORES y Ruth Silvana ESPER,
de la Carrera de Nutrición de ésta Facultad, solicitando cursar la asignatura
“Seminario III” en forma condicional; y,
CONSIDERANDO:
Que
el Artículo 3º de la Resolución CD Nº 105/07 – Reglamento de Alumnos de la
Facultad de Ciencias de la Salud, establece:
“ARTICULO
3º.- No se aceptará el CURSADO DE ASIGNATURAS AL MARGEN DEL REGIMEN DE
CORRELATIVIDADES; pudiendo aceptarse inscripción por materias en carácter de
condicional, hasta una vez transcurrido el Turno Especial de Mayo para
asignaturas anuales o del Primer Cuatrimestre, o Setiembre – Octubre para
asignaturas del Segundo Cuatrimestre, fechas en que deberá haber regularizado
la situación.”
Que
el presente tema fue analizado sobre tablas, en la Sesión Ordinaria Nº 04/09
del 14 de abril de 2.009, de este cuerpo.
POR ELLO: y en uso de las atribuciones que le
son propias,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD
DE CIENCIAS DE LA SALUD
(En Sesión Ordinaria Nº 04/09 del
14/04/09)
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º: Tener por autorizado en carácter de excepción, el cursado condicional de la asignatura “Seminario III”, hasta el Turno Especial Mayo 2.009, a los siguientes alumnos:
Nº |
APELLIDO
Y NOMBRE |
L.U. |
1 |
Mónica Daniela FLORES |
612.745 |
2 |
Ruth Silvana ESPER |
611.920 |
ARTICULO 2º: Dejar establecido que de no aprobarse la materia correlativa adeudada, quedará sin efecto todo lo avanzado en la asignatura mencionada.
ARTICULO 3º: Hágase saber y remítase copia a: Secretaria Académica, alumnas interesados, docente responsable de la Asignatura “Seminario III”, y siga a Dirección General Académica – Dirección de Alumnos, de esta Facultad a sus efectos.
LIC. CECILIA PIU DE MARTIN - SECRETARIA
MGS. NIEVE CHAVEZ - DECANA