RESOLUCION -CD- Nº   184/2009

 

Salta,  8 de Mayo de 2009

Expediente Nº 12.084/09

 

                        VISTO:

                                              

                        La Resolución Nº 210/95, mediante la cual se aprueba y pone en vigencia el programa analítico de la asignatura “ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DE SALUD” del Plan de Estudios1.984 (Resolución Nº 053/84 y modificatorias) de la Carrera de Enfermería; y,

 

                        CONSIDERANDO:

                       

                        Que, a solicitud de los señores consejeros Pablo Solano y Roberto González, el docente responsable de la asignatura, remite, a fojas 1/2 de las presentes actuaciones, propuesta de promocionalidad de la asignatura “Administración General y de Salud”.

 

                        Que la Comisión de Carrera de Enfermería sugiere, se aprueben los requisitos para promocionar la asignatura mencionada.

 

                        POR ELLO: en uso de las atribuciones que le son propias;

 

El CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

(En Sesión Ordinaria Nº 03/09 del 31/03/09)

 

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aprobar los requisitos para promocionar la asignatura “ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DE SALUD” de la Carrera de Enfermería, que a continuación se especifican:

 

REQUISITOS PARA PROMOCIONAR LA ASIGNATURA:

¨       Asistir al 80% de las clases teóricas.

¨       Aprobar el 100 % de los exámenes parciales, con nota mínima de 7 (siete).

¨       Aprobar el 100 % de los coloquios, con nota mínima de 7 (siete).

¨       Aprobar el 100% de los Trabajos Prácticos, con nota mínima de 7 (siete).

¨       Aprobar un trabajo final integrador escrito, con nota mínima de 7 (siete).

 

ARTICULO 2º: Hágase saber y remítase copia a: Secretaria Académica, Comisión de Carrera de Nutrición, docente responsable de la asignatura, consejeros Pablo Solano y Roberto González, y siga a la Dirección General Académica – Dirección Alumnos a sus efectos.

 

LIC. CECILIA PIU DE MARTIN - SECRETARIA

 

MGS. NIEVE CHAVEZ - DECANA