RESOLUCION -CD- Nº    28/2009

 

Salta, 26 de Febrero de 2009

Expediente Nº 12.206/89

 

            VISTO:

                        La Resolución –CD- Nº 106/05, que aprueba y pone en vigencia el Reglamento de Tesis de Carreras de Grado; y,

 

            CONSIDERANDO:

                       

                        Que los Miembros de las Comisiones de Carreras de Nutrición y Enfermería elevan un informe,  solicitando la aprobación de un nuevo Reglamento de Tesis de Grado.

 

                         Que la Comisión de Interpretación y Reglamento, en su despacho Nº 02/08, considera pertinente la aprobación en general del proyecto  para las Carreras de Grado de esta Facultad.

 

            POR ELLO: y, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina del Consejo Directivo, en su Despacho  Nº 13/08.

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

(  En su Sesión Ordinaria 19/08 del 18/12/08 )

 

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º.- Aprobar el Nuevo REGLAMENTO DE TESIS que regirá a partir de la fecha  en todos los aspectos relacionados con el proyecto  ejecución y evaluación del Trabajo de Tesis que preveen los planes de Estudios  de las Carreras de Grado y las normas para la presentación  escrita  que,  como Anexo I forma parte de la presente.

 

ARTICULO 2º.- Establecer que los alumnos que han iniciado  el trabajo de Tesis con el Reglamento anterior (Res.-CD- Nº 106/05) continuarán con el mismo hasta la aprobación de su Trabajo .

 

ARTICULO 3º.- Derogar la Resolución –CD- Nº 106/05 y  toda otra norma que se oponga.

 

ARTICULO 4º.- Hágase saber y remítase copia a: Secretaría Académica, Comisión de Carrera de Nutrición, Comisión de Carrera de Enfermería, Consejo Directivo, Centro de Estudiantes, Sede Regional Orán, Sede Regional Tartagal y siga a la Dirección General Académica a sus efectos.

 

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MAJ

 

LIC. CECILIA PIU DE MARTIN - SECRETARIA

MGS. NIEVE CHAVEZ - DECANA

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

 

REGLAMENTO DE TESIS

 

Artículo 1º.- La tesis es un trabajo de investigación, en el que los alumnos  pondrán en evidencia que han adquirido suficiente habilidad, independencia y capacidad para el abordaje de un problema que corresponda al campo de estudio de la profesión  y que sea de su interés. Además,  debe ser coherente con el desarrollo curricular y las incumbencias de la carrera.

 

Artículo 2º.- El trabajo de Tesis podrá realizarse en forma individual  o entre dos alumnos. Cuando se trate de dos alumnos se enunciarán en orden alfabético.

 

Artículo 3º.- Para iniciar el trabajo de tesis, los alumnos deben seleccionar un tema comprendido dentro de las incumbencias profesionales que  otorga el respectivo título; elegir un Director y/o un Co-Director de tesis ( de entre los docentes de la Facultad, de la Universidad  y  excepcionalmente profesionales del medio con experiencia en el área ) y obtener su consentimiento para actuar como tal.

 

Artículo 4º.- De común acuerdo los alumnos, el Director y/o Co-Director establecerán la modalidad  de trabajo,  los días de reunión y demás exigencias que permitan a los alumnos la elaboración del PROYECTO DE TESIS.

 

Artículo 5º.- Cuando el PROYECTO DE TESIS cuente con el VºBº del Director y  Co-Director si lo hubiere, el/los alumno/s presentará/n por Mesa de Entradas, una nota dirigida a la Comisión de Carrera, solicitando la Constitución del Tribunal  Evaluador de Tesis,  tres  (3) ejemplares del Proyecto y el Estado Curricular con el fín de verificar  el cuarto año aprobado de las carreras de grado. El proyecto que presentan debe contener:

 

·                                 Título Tentativo Introducción ( justificación, relevancia de la investigación, en acuerdo con la formación recibida  y  el objetivo de estudio de la carrera ) Planteo y delimitación del Problema.

·                                 Marco Teórico y/o  conceptual de antecedentes del Tema.

·                                 Objetivos de la investigación : generales y específicos.

·                                 Hipótesis ( cuando corresponda ).

·                                 Población y muestra.

·                                 Diseño metodológico ( Método, tipo de estudio; variables; operacionalización de variables, técnicas e instrumentos para la recolección de datos), en relación con la naturaleza de la investigación y la disciplina en que se enmarca la investigación.

·                                 Plan de análisis de datos.

·                                 Consideraciones éticas  y legales.

·                                 Cronogramas de actividades.

·                                 Presupuesto preliminar.

·                                 Citas o referencias Bibliográficas (según Harvard).

·                                 Bibliografía ( según Harvard).

·                                 Anexos.

 

Artículo 6º.- Mesa de Entradas confeccionará el expediente y lo remitará a la Comisión de Carrera respectiva.

 

Artículo 7º.- La Comisión de Carrera propondrá:

 

a.                  La integración del Tribunal de Tesis, debiendo éste estar compuesto por el Director de Tesis más dos docentes de la Facultad y/o Universidad con experiencia en la temática motivo de la investigación y sus respectivos suplentes. Si el Director o Co-Director no perteneciera a la Universidad no formará parte del Tribunal Evaluador.

b.                  Lugar y fecha de constitución del Tribunal a los fines de la evaluación y aprobación del del PROYECTO DE TESIS.

c.                  La Decana de la Facultad designa al Director y/o Co-Director de Tesis, como así también los miembros del Tribunal de Tesis.

 

Artículo 8º.- Cumplido el Art. 7º, el expediente se girará a la Dirección de Alumnos quién procederá:

 

a.                              Remitir a los Miembros del Tribunal  ( excepto el Director )  un ejemplar  del Proyecto, quienes dispondrán de un plazo máximo de veinte días corridos para su lectura.

b.                              Citar  al  Tribunal  y  al/los  alumnos,  en  la  fecha  y  hora señalados por  la Comisión de Carrera. El Director de Tesis se hará responsable de concurrir a la reunión con el expediente, el que deberá retirar de la Dirección de alumnos.

c.                              Verificar  el  cumplimiento  del  requisito  de tener aprobado las  asignaturas exigidas por el Plan de Estudio para presentar el proyecto  que será aprobado.

 

Artículo 9º.- Reunido el Tribunal procederá a la evaluación del PROYECTO DE TESIS, solicitando al/los alumnos la información que considere pertinente. El resultado de la evaluación podrá ser:

 

a)      Proyecto aprobado

b)      Proyecto Desaprobado

 

Este resultado constará en un ACTA adjuntada al expediente.

Corresponde al tribunal evaluar los aspectos metodológicos de la investigación , con el propósito de promover la formación de investigadores respetuosos de los aspectos éticos y científicos de la tarea. La evaluación no debe forzar estilos personales en aspectos puramente formales como redacción, formatos de cuadros y gráficos, extensión del MarcoTeórico y otros que hagan  solo a las  “formas”  del Trabajo.

 

Artículo 10º.- En el caso de que el PROYECTO resulte  desaprobado, el alumno dispondrá de cuarenta y cinco días corridos para su reformulación. Será responsabilidad del Director de Tesis coordinar una nueva reunión del Tribunal, para la evaluación. Durante estos cuarenta y cinco  días los miembros del Tribunal deben brindar hasta tres oportunidades de consulta a los alumnos, para aclarar aspectos relacionados con la mejora del  proyecto.

 

Artículo 11º.- Cuando el PROYECTO DE TESIS, resulte aprobado, Decanato de la Facultad emitirá una Resolución:

 

a.                              Aprobando el Proyecto de Tesis; el Director  y Co-Director.

b.                              Conformando el Tribunal de Tesis.

 

La Resolución  será cargada en un “Banco de datos “  el que podrá ser consultado por los docentes para aprobar  un “ Proyecto “ a los fines de esta Reglamentación.

La Dirección de Aumnos deberá incorporar al expediente una copia original del Trabajo de Tesis, dando lugar a consultas del tribunal  en las  instancias del Trabajo Final en relación a las observaciones sugeridas oportunamente.

 

Artículo 12º.- Para ser designado Director y/o Co-Director el docente deberá tener el rango de Profesor o Jefe de Trabajos Prácticos , en la Facultad de Ciencias de la Salud o en Universidad Nacional de Salta. Cuando el tema a investigar así lo requiera la Comisión de Carrera podrá autorizar la designación  como Director y Co-Director de profesionales con Título Universitario con experiencia en la temática a investigar y de preferencia con experiencia en Investigación. Para ello se basará  en el análisis  del Currículum Vitae. Para este caso en particular el alumno deberá solicitar autorización  a la  Comisión de Carrera, antes de comenzar a trabajar en el proyecto.

Cuando el Director  y/o Co-Director sea un Jefe de Trabajos Prácticos, la Comisión de Carrera deberá garantizar que los Miembros del Tribunal de Tesis cumplan con los requisitos  establecidos en la Resolución del Consejo Superior Nº 489/84 y sus modificatorias.

 

Artículo 13º.- Cada  Director y/o Co-Director podrá dirigir hasta un máximo de 5  (cinco)  Trabajos de Tesis.

 

Artículo 14º.- Son funciones del Director  y/o Co-Director:

 

a.                              Guiar e instrumentar al/los  alumno/s en la elección del tema a investigar, asegurando que corresponda al objeto de estudio de la profesión, en la planificación, ejecución, elaboración  y redacción del proyecto y de la Tesis.

b.  Avalar el proyecto de Tesis y la Tesis en sus contenidos y en sus aspectos formales para      su mejor presentación  y logro. Otorgando su VºBº para que sean  enviadas al tribunal.

c.   Supervisar la ejecución del trabajo en todas sus etapas.

d.   Informar a Comisión de Carrera situaciones relacionadas con la investigación:                          desempeño de los alumnos, cumplimiento de plazos, desarrollo del trabajo de campo y          todo aspecto  que requiera de solución.

e.  Coordinar las reuniones del Tribunal , dejando constancia en el expediente de lo                         tratado y resuelto.

 

ARTICULO 15º.- En un plazo máximo de 12 meses desde la fecha de aprobación del Proyecto de Tesis  el/los alumno/s presentaran la Tesis ( un Original y tres copias impresas y una copia en soporte magnético ), con el del  Director  y Co-Director, por Mesa de Entrada de la Facultad, quién girará las actuaciones a Comisión de Carrera, quién se hará responsable de verificar que el documento se ajuste a las normas de presentación establecidas  y fijará fecha para la constitución del tribunal.

Si cumplido el plazo previsto el alumno no efectuare la presentación de su Tesis, deberá iniciar nuevamente el trámite.

La copia en soporte magnético quedará en la Dirección de Alumnos incorporándolo en el Sistema Informático de la Facultad para consulta de alumnos y docentes.

 

ARTICULO 16º.- La Dirección de Alumnos realizará las citaciones, entregando un ejemplar del trabajo a cada miembro. La citación debe realizarse de modo tal,  que los miembros del Tribunal dispongan de un plazo máximo de veinte días corridos para la lectura del documento.

 

ARTICULO 17º.- La evaluación de la Tesis por parte del Tribunal consta de dos etapas:

 

            .  Evaluación del Documento Escrito 

            .  Exposición Oral y Pública

 

En la fecha prevista se constituirá el tribunal y en presencia del/de los tesistas, se procederá a la evaluación del documento escrito. Se dejará constancia del resultado de la evaluación en el expediente. Cuando resulte aprobada se indicará además el día y la hora para la exposición oral en un plazo de 48 horas hábiles como mínimo para emitir acta de examen.

De ser observada se devolverá al/los alumno/s para que realice/n las correcciones pertinentes y se convendrá un día y hora de reunión para revisar las correcciones  realizadas por  el alumno. Cumplido se dará por aprobada y se fijará la fecha para la exposición oral en un plazo de 48 horas hábiles como mínimo para emitir acta de examen.

 

ARTICULO 18º.- El expediente con los resultados de la evaluación del Documento escrito  se devolverá a la Dirección de Alumnos para que se confeccione la resolución y el acta de examen  correspondiente.

 

ARTICULO 19º.- En la presentación oral el alumno dispondrá de un plazo máximo de 45 minutos para exponer el trabajo, enfatizando los principales  resultados, durante esta exposición no podrá ser interrumpido. Concluida la exposición oral, el Tribunal consignará en el Acta de Examen la calificación, la que  se ajustará a  la calificación numérica vigente en la Universidad Nacional de Salta y entregará a la Dirección de Aumnos el Acta  y todos los ejemplares de Tesis.

 

ARTICULO 20º.- La presentación escrita del documento final de la tesis deberá ajustarse a las  siguientes normas:

El papel será de color blanco, de la medida estándar ISO A4 (212 x 297 mm), sw un pwso no inferior a 57 gr., escrito sobre una cara.

Se utilizará procesador de textos, caracteres de tamaño 12, interlineado de 1,5 líneas, y los siguientes márgenes: izquierdo 5 cm.; derecho 2 cm.; superior 3 cm.; inferior 2 cm.

La numeración se hará en números arábigos, en números correlativos desde la portada, en el margen superio derecho.

Las diferentes partes del Trabajo tendrán el siguiente orden:

 

·                     Portada.

·                     Página de aprobación ( incluye el nombre de los Miembros del Tribunal , con                          espacios para las respectivas firmas ).

·                     Resumen, palabras claves

·                     Índice

·                     Índice de tablas y figuras

·                     Introducción

·                     Cuerpo de la Tesis o diferentes capítulos en los que se componga:

·        Introducción    

·        Descripción  del problema investigado

·        Marco Teórico y antecedentes del Tema

·        Objetivos

·        Hipótesis ( en el caso de corresponder )

·        Población y muestra

·                                Diseño metodológico: tipo de estudio, operacionalización de variables, técnicas e                 instrumentos de recolección de información.

·                                Aspectos éticos.

·                          Resultados y Discusión

·                         Conclusiones ( penúltimo  capítulo )

·                         Recomendaciones ( último capítulo )

·                         Anexos

·                         citas o referencias bibliográficas (según  Harvard )

·                         Bibliografías ( según Harvard )

·                         Anexos

En la portada se escribirá:

 

            Universidad Nacional de Salta

            Facultad de Ciencias de la Salud

            Título del trabajo ( en letras mayúsculas )

            Tesis elaborada por: ( nombre del/los  alumnos )

            Previa a la obtención del Título de Licenciada/o  en………….

            Salta ,  fecha

 

En la página de aprobación se dirá:

 

            Tesis Aprobada

            Tribunal de Tesis  Nombres  y  Firmas

 

ARTICULO 21º.- En todas las etapas que componen el trámite y la realización del trabajo de tesis tanto los alumnos como el Director y Co-Director podrán expresar por escrito los inconvenientes que se presenten durante el proceso y requieran de la intervención de la Comisión de Carrera.

 

ARTICULO 22º.- Una vez aprobado el trabajo de tesis la Dirección de Alumnos deberá enviar  a la biblioteca de esta Facultad dos ejemplares  (copia) de la tesis de las carreras de Grado  y Trayectos de la Licenciatura, para ser consultada por la comunidad universitaria.Las copias deberán identificarse en el margen superior derecho con la palabra "COPIA" o "ES COPIA"

 

            CLAUSULA PARTICULARES PARA LOS ALUMNOS DE LOS TRAYECTOS

DE LICENCIATURA

( Articulación con el nivel terciario no universitario )

 

1.- De no realizarse de forma personal la presentación prevista en el Art. 5º deberá enviarla por correo postal, colocando en el destinatario:

 

     Mesa de Entradas

     ( para aprobación del proyecto de tesis )

     Facultad de Ciencias de la Salud

     Universidad Nacional de Salta

     Avda. Bolivia  Nº 5150

     CP 4400  Salta

 

2.- Para tener constancia de su recepción, los interesados podrán usar el sistema de   "certificada con aviso de retorno “ o consultar telefónicamente a Mesa de Entradas  (0387-4255404).

3.- La Comisión de Carrera propondrá la integración del Tribunal Evaluador, en el caso de que el Director propuesto no pertenezca al cuerpo docente de la Facultad,  el tribunal estará compuesto integramente por docentes de la Facultad (tres titulares y un suplente).

 

4.- La Dirección de Alumnos deberá comunicar a los alumnos, a la Dirección Electrónica consignada en la presentación, la fecha establecida para la constitución del tribunal evaluador del Proyecto de Tesis.  Es obligación de los alumnos estar presente al momento de la evaluación del Proyecto de Tesis.

 

5.- El Documento final de Tesis, en los términos que establece el punto 16, deberá entregarse mediante  correo postal indicando a continuación de Mesa de Entradas (documento final de tesis ) en caso de ser necesario.

 

6.- La Dirección de Alumnos comunicará  por correo electrónico,  la fecha de constitución del tribunal para la evaluación del documento escrito. Es obligación de los alumnos estar presentes en esta reunión.

 

7.- Toda comunicación con los alumnos tesistas será responsabilidad de la Dirección de Alumnos, mediante correo electrónico. Fax.  Copia de esta correspondencia se adjuntará al  Expediente.

 

ARTICULO 23º.- Toda situación que no fuera contemplada en el presente Reglamento será resuelta por el Consejo Directivo de la Facultad.  

 

 

 

 

 

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ATM

MAJ

LIC. CECILIA PIU DE MARTIN - SECRETARIA

MGS. NIEVE CHAVEZ - DECANA