Universidad Nacional de Salta

Facultad de Ciencias Naturales

Buenos Aires 177 – 4400 Salta

Republica Argentina



R-CDNAT-2011-0029

SALTA, 9 de marzo de 2011.-


Pag. - 2 -

Expediente Nº 11.037/2003

Cuerpo II


VISTO:


Las presentes actuaciones; y


CONSIDERANDO:

Que se encuentra vigentes los términos de la Res. CDNAT-2010-0371 que en su artículo 2º solicita a las Escuelas la revisión de sus regímenes de correlatividades;


Que obra dictamen de la Comisión de Plan de Estudios de la Escuela de Biologia sobre el particular, en relación a la carrera Licenciatura en Ciencias Biológicas obrante en fs. 269;


Que este Cuerpo constituido en comisión -en cuarto intermedio de reunión extraordinaria Nº 1-11- dispuso la emisión de la presente de acuerdo a los términos indicados en su parte dispositiva;


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

( En cuarto intermedio de reunión ordinaria Nº 1/11 de fecha 1 de marzo de 2011 )


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- ESTABLECER, a partir del período lectivo 2011, una modificación parcial de lo dispuesto en el título REGIMEN DE CORRELATIVAS en el plan de estudios 2004 de la carrera Licenciatura en Ciencias Biológicas, aprobado por Res. CS 457/03 y modificatorias, que obra para un mejor proceder en ANEXO I formando parte de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber, dése copia a: Depto. Alumnos, Planeamiento Pedagógico, Escuela de Biología y CUECNa. Elévese al Consejo Superior para su ratificacion. Publíquese en Boletín Oficial de la Universidad.-

jll.






Ing. Nelida Bayon de Torena


M.Sc.Lic. Adriana E. Ortin Vujovich

S E C R E T A R I A


D E C A N A

Facultad de Ciencias Naturales


Facultad de Ciencias Naturales

ANEXO I


SISTEMA DE CORRELATIVAS


Código

Asignatura

Para cursar

Para rendir

Regular

Aprobado

Aprobado

1.01

Introducción a la Biología

-

-

-

1.02

Matemática

-

-

-

1.03

Fundamentos de Geología

-

-

-

1.04

Física General

1.02

-

1.02

1.05

Biología de las Plantas

1.01

-

1.01

1.06

Química General

1.02

-

1.02

2.07

Diversidad Biológica I

1.01

-

1.01

2.08

Química Orgánica

1.06

-

1.06

2.09

Biología Animal

1.01

-

1.01

2.10

Inglés

1.01

-

1.01

2.11

Diversidad Biológica II

2.09

-

2.09

2.12

Química Biológica

2.08

-

2.08

2.13

Bioestadística

1.02

-

1.02

3.14

Diversidad Biológica III

1.05

-

1.05

3.15

Biología Celular y Molecular

2.12

-

2.12

3.16

Genética

2.12 – 2.13

-

2.12 - 2.13

3.17

Diversidad Biológica IV

2.09

-

2.09

3.18

Anatomía y Fisiología Animal

2.09 - 2.12

-

2.09 - 2.12

3.19

Historia y Epistemología de las Cs.

1.01 – 1.04

-

1.01 – 1.04

3.20

Microbiología

2.12

-

2.12

4.21

Evolución

3.16

-

3.16

4.22

Ecología

2.13

-

2.13

4.23

Fisiología Vegetal

1.05 - 2.12


1.05 - 2.12


Para cursar el Ciclo Superior se mantiene lo establecido en la Res. CS 637/06: 70% de materias aprobadas del Ciclo Basico, que deberá incluir Historia y Epistemiología de las Ciencias e Inglés.


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Nombre archivo:r-cd-11-029.sxw