R-CDNAT-2010-234


Salta, 20 de agosto de 2010.-


Expte. Nº 10632/02


VISTO:


La resolución R-CDNAT-2006 – 275 por la que se aprueba el Reglamento de Uso y Mantenimiento del vehículo Combi Sprinter 310D – Mercedez Benz – Dominio DFL 034 que obra como Anexo I de la citada resolución.



CONSIDERANDO:


Que mediante nota de fecha 18 de mayo de 2010, el Dr. Miguel Angel Boso – Director de Escuela de Geología, solicita se designe responsables en forma conjunta del cuidado, mantenimiento y cumplimiento del Reglamento de Uso y Mantenimiento del vehículo Combi Sprinter 310D Mercedez Benz, al Lic. Esteban Marcelo Brandán y al Geól. Eduardo Felipe Gallardo.

Que el Consejo Directivo de esta Facultad en su Reunión Ordinaria Nº 11-10, aprobó el Despacho de ese Cuerpo constituido en Comisión haciendo lugar a lo solicitado por la Dirección de Escuela de Geología.


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:


ARTICULO 1°.- Modificar los puntos 2 – 3 – 9 – 15 – 18 y 19 del Anexo I – Reglamento de Uso y Mantenimiento del vehículo Combi Sprinter Carrera de Geología, que forma parte de la Resolución R-CDNAT-2006 – 275, los que quedarán redactados de la siguiente manera, por las razones expuestas precedentemente:

ANEXO I

REGLAMENTO DE USO Y MANTENIMIENTO DEL VEHICULO COMBI SPRINTER

CARRERA DE GEOLOGIA


NORMAS GENERALES

2.- El Lic. Esteban Marcelo Brandán y el Geól. Eduardo Felipe Gallardo serán en forma conjunta, los responsables patrimoniales del vehículo, depositarios de las llaves y de la documentación correspondiente.


3.- El Lic. Esteban Marcelo Brandán y el Geól. Eduardo Felipe Gallardo o la persona designada a tal efecto, tendrá a su cargo verificar el correcto uso y mantenimiento del vehículo.


9.- Concluida la misión, el usuario debe asegurarse que el vehículo se limpie y guarde en los galpones del Parque Automotor (Complejo Universitario General San Martín). Las

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llaves y todos los elementos accesorios serán entregados al Lic. Esteban Marcelo Brandán y/o Geól. Eduardo Felipe Gallardo o a la persona designada a tal efecto. En caso de concluir la misión fuera del horario de actividades o en días sábados, domingos y/o feriados, el responsable de la misión deberá guardar el vehículo en lugar seguro para su custodia y no podrá utilizarlo en actividades ajenas a su fin. Entregará el vehículo el

primer día hábil en el horario que se le indique.


NORMAS DEL USUARIO

15.- El usuario deberá comunicar al Lic. Esteban Marcelo Brandán y/o al Geól. Eduardo Felipe Gallardo, cualquier desperfecto detectado u ocasionado, los que deberán ser anotados en un cuaderno habilitado para tal fin.


18.- La falta de cumplimiento de los artículos precedentes, así como la demora injustificada en la devolución del vehículo, hará pasible de sanción al usuario. El Lic. Esteban Marcelo Brandán, el Géol. Eduardo Felipe Gallardo y el Consejo de la Escuela de Geología resolverán al respecto, pudiendo decidir aún la inhabilitación del docente como conductor del vehículo.


NORMAS ESPECIALES

19.- Ante solicitudes del vehículo para fines distintos a los especificados en el Artículo 6, el Lic. Esteban Marcelo Brandán, el Geól. Eduardo Felipe Gallardo y el Consejo de la Escuela de Geología, en conjunto, analizarán cada caso en particular y tomarán las decisión pertinente.”.

ARTICULO 2º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copia a Dr. Miguel Angel Boso, Lic. Esteban Marcelo Brandán, Geól. Eduardo Felipe Gallardo, Escuela de Geología, Dirección Administrativo Económica, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta, y siga a Dirección Administrativo Económica para su archivo.-




HILDA ROSA MERCADO

DIRECTORA ADMINISTRATIVO ACADEMICA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


M.Sc. Lic. ADRIANA E. ORTIN VUJOVICH

D E C A N A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES