Universidad Nacional de Salta

Facultad de Ciencias Naturales

Buenos Aires 177 – 4400 Salta

Republica Argentina



R-CDNAT-2010-147

SALTA, 24 de junio de 2010.-


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Expediente Nº 10.913/2009

CUERPO II




VISTO:


Las presentes actuaciones y el pedido presentado por integrantes del Consejo Directivo; y



CONSIDERANDO:


Que dicho pedido solicita que las prórrogas de regularidad aprobadas en las últimas semanas sean contempladas hasta el turno ordinario de exámen de Diciembre, vista la proximidad de las mesas de julio-agosto como asi tambien la demora en dar respuesta a las mismas;


Que el Consejo Directivo de la Facultad considera brindar a los alumnos otra oportunidad para lograr organizadamente continuidad en el rendimiento y avance de los estudiantes involucrados, en el marco de los Planes de Estudios que competen a las diferentes carreras que se cursan en esta Facultad;


Que este Cuerpo – en sesión Ordinaria Nº 10/10 del 15 de junio de 2010– en tratamiento sobre tablas, dispuso la emisión de la presente, de acuerdo a los términos estipulados en su parte dispositiva;



POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

(En sesión ordinaria Nº 10/10 del 15 de junio de 2010)



R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- EXTENDER hasta el TURNO ORDINARIO DE DICIEMBRE del corriente año, la autorización otorgada oportunamente -dictamen de Comisión de Docencia y Disciplina mediante-, a las solicitudes de PRORROGA DE REGULARIDAD elevadas por alumnos de esta Unidad Academica, de acuerdo a lo expresado en considerandos de ésta.


ARTICULO 2º.- INDICAR que la franquicia dispuesta en artículo precedente se aplicará también a los casos de prórroga de regularidad cuyo vencimiento opere al 31 de agosto de 2010 que hayan sido otorgados por resolución específica.


ARTICULO 3º.- DEJAR debidamente establecido que la presente normativa NO RIGE para los casos de alumnos que cursaron asignaturas ORIGINALMENTE en el segundo cuatrimestre y anuales del período lectivo 2006, cuyo vencimiento de regularidad opera, en virtud de prórroga masiva oportunamente dispuesta por Res. CDNAT-2009-286, también en el turno julio-agosto 2010.


ARTICULO 4º.- Hágase saber, dése copia a: Depto. Alumnos, Depto. Planeamiento, y siga a la Dirección Administrativa Académica para su conocimiento y demás efectos. Publiquese en Boletín Oficial de la Universidad Nacional de Salta.

jll.







Ing. Nelida Bayon de Torena


M.Sc.Lic. Adriana E. Ortin Vujovich

S E C R E T A R I A


D E C A N A

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