R-CDNAT-2010-0059
SALTA, 05 de abril de 2010.
EXPEDIENTE Nº 20.450/2008.
VISTO:
Las presentes actuaciones relacionadas con el Llamado a Inscripción de Interesados para la provisión de un (1) cargo interino de Auxiliar Docente de Segunda Categoría para la cátedra “Matemática I” de la Carrera de Tecnicatura e Ingeniería en Perforaciones de la Sede Regional Tartagal con dependencia académica de esta Facultad – convocado por Res. R-CDNAT-2009-004; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 42/49, la Comisión Asesora que entendió en este llamado, produjo su dictamen unánime, explícito y fundado, sobre la base de los antecedentes, entrevista y clase oral estableciendo el siguiente orden de mérito: 1) Horacio Miguel Lafuente, 2) Emanuel Silvestre Terrazas, 3) Carlos Pedro Rodolfo Orlandi, 4) Osvaldo Edmundo Maire, 5) Mónica Esther Leguizamón y 6) Natalia Anabel Peralta.
Que se han notificado todos los postulantes en tiempo y forma y no han presentado impugnación alguna en contra del referido dictamen.
Que el Consejo Directivo a través de las Res. R-CDNAT-2009-260 y R-CDNAT-2009-0395 ha solicitado asesoramiento a seguir en virtud de que el Sr. Lafuente cuenta con un título de Técnico Universitario en Perforaciones y es alumno regular de la carrera de Ingeniería en Perforaciones de la Sede Regional Tartagal y la vigencia de la Res. 030/99-CS.
Que finalmente a fs. 76, Asesoría Jurídica produjo su dictamen Nº 11667 que expresa: “Al respecto esta Asesoría advierte que no solo el aspirante Lafuente denunció, oportunamente, su condición de TUP (fs. 14), sino que también lo hicieron Orlandi (fs. 11), Maire (fs. 19) y Leguizamón (fs. 27). Condición que no fue impugnada en la oportunidad, prevista por el Art. 11 de la Res. CS Nº 301/91, ni en ningún otro momento, por lo que tal situación se encuentra firme y consentida, no sólo por los postulantes sino también por la Administración misma.
Aclarado lo que antecede y tal como lo dispone la Res. CS Nº 177/06 (fs. 70), los postulantes con título de TUP, se encuentran legítimamente habilitados para postularse, por lo que lo actuado por la Administración se ajusta a derecho, ya que no se trata de una carrera de grado sino de pre-grado
Por lo demás, no habiendo impugnado el dictamen del Consejo Asesor, corresponde al Consejo Directivo proceder conforme lo dispone el Art. 21, inc. b) y Art. 22 de la Res. CS nº 301/91. Luego de lo cual, deberá procederse a su designación, tal como lo dispone el Art. 24 de la misma.”
Que la Comisión de Docencia y Disciplina en razón de lo dictaminado por la Comisión Asesora y lo expresado por Asesoría Jurídica aconseja designar al postulante que obtuvo el primer lugar del orden de mérito, Sr. Horacio Miguel Lafuente en el cargo interino de Auxiliar Docente de Segunda categoría para la cátedra de Matemática I de la Carrera de Tecnicatura e Ingeniería en Perforaciones de la Sede Regional Tartagal
Que el Consejo Directivo en su Reunión Ordinaria Nº 04 de fecha 23 de marzo de 2010 resolvió aprobar el Despacho de la Comisión de Docencia y Disciplina en su totalidad.
Que el presente cargo cuenta con partida presupuestaria propia, por lo que la designación se hará extensiva por el término de un (1) año.
Que se deja debidamente establecido que el Sr. Lafuente podrá hacer efectiva la real toma de posesión de funciones en el cargo de referencia – cuando haya cumplimentado todos los requisitos necesarios para acceder al cargo ante la Dirección General de Personal de esta Universidad.
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar el dictamen de la Comisión Asesora de fs. 42/49 y designar al Sr. Horacio Miguel LAFUENTE – DNI Nº 30.683.004 - en el cargo de Auxiliar Docente de Segunda Categoría para la cátedra “Matemática I” de las Carreras de Tecnicatura e Ingeniería en Perforaciones de la Sede Regional Tartagal - a partir de la efectiva toma de posesión de sus funciones y por el término de un (1) año, con las retribuciones de Ley, por las razones expresadas precedentemente.
ARTICULO 2º.- Imputar el gasto emergente de la presente designación a la partida presupuestaria individual del presupuesto de personal de la Sede Regional Tartagal.
ARTICULO 3º.- Establecer un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de la presente para que el interesado a inicie ante la Dirección General de Personal los trámites de estilo.
ARTICULO 4º.- Recordar que se encuentra en plena vigencia la Res. Nº 420/99-CS -Régimen de Incompatibilidad, de aplicación a todo el personal que cumpla funciones en esta Universidad.
ARTICULO 5º.- Dejar debidamente aclarado que los alumnos designados como Auxiliares Docentes de 2da. Categoría, están obligados a cumplir con los requisitos establecidos para el ingreso como personal docente de la Universidad, dispuesto por Res. 301/01-CS y actuarán bajo la supervisión del profesor responsable de la cátedra – de acuerdo a lo expresado en Art. 7º de la Res. RCDNAT-2009-004.
ARTICULO 6º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias a: interesado, profesor responsable, cátedra, Sede Regional Tartagal, Direcciones Administrativas Académica y Económica, Obra Social y siga a Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos. Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad Nacional de Salta.-
LIC. DORA ANA DAVIES S E C R E T A R I A FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |