R-CDNAT-2009-152


Salta, 20 de mayo de 2009.-


EXPEDIENTE Nº 11.076/07



VISTO:

Las presentes actuaciones relacionadas con el concurso público de antecedentes y oposición para la cobertura regular de un cargo de auxiliar docente de primera categoría con dedicación semiexclusiva para la cátedra Zoología General de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente; y

CONSIDERANDO:


Que de fs. 227 a fs 233 obra el dictamen del jurado por mayoría;


Que de fs. 234 a fs. 238 obael dictamen del jurado por minoría;


Que el postulante, Lic. Luis Tolosa, a fs. 240/241 procede a impugnar el dictamen del jurado por mayoría;


Que Asesoría Jurídica en su dictamen Nº 10.767 de fs. 242/243 – antepenúltimo párrafo - aconseja “... este órgano asesor aconseja al Consejo Directivo de esta Unidad Académica dar vista al Jurado de la impugnación deducida por el Prof. Luis Tolosa, para que en el plazo de diez días hábiles administrativos de su notificación fehaciente, formule las consideraciones que estime pertinente, mediante dictamen ampliatorio, ello de acuerdo al art. 45 inciso a) del Reglamento de Concursos antes citado, solicitándose expresa ratificación o rectificación de la duración de la clase oral pública de ambos postulantes, atento a la contradicción del dictamen de mayoría y minoría sobre el particular”;


Que la Comisión de Docencia y Disciplina a fs. 244 aconseja proceder en ese sentido;


Que este Cuerpo – en sesión ordinaria del día 5 de mayo de 2009 – dispuso la suscripción de ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- Solicitar a los señores miembros del jurado que entiende en el concurso público de antecedentes y oposición para la cobertura regular de un cargo de auxiliar docente de primera categoría con dedicación semiexclusiva para la cátedra Zoología General de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente: M Sc Rosa Vera, Dr. José Corronca y Lic. Graciela Caruso, tengan a bien producir dictamen ampliatorio, solicitándose expresa ratificación o rectificación de la clase oral pública de los postulantes: Lic. Luis Tolosa y Lic. Gabriela Ferrer, atento a la contradicción del dictamen de mayoría y de minoría sobre el particular; en razón de la impugnación presentada por el Lic. Luis Tolosa de fs. 240/241.


ARTICULO 2º.- Dicho jurado cuenta con un plazo de diez hábiles administrativos, contados desde su notificación para producir el dictamen ampliatorio que se le solicita en el artículo anterior.

ARTICULO 3º.- Hágase saber a quien corresponda y siga a la Dirección Administrativa Académicas, a sus efectos.




LIC. DORA ANA DAVIES

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES