R-CDNAT-2007-264
Salta, 21 de agosto de 2007.-
Expte. 10.079/2007
VISTO:
Las presentes actuaciones; y
Que a fs. 1 la Comisión de Docencia y Disciplina produjo su dictamen el que a la letra dice: “Aprobar 1) Todos los pedidos de inscripción fuera de régimen de correlatividades, previo dictamen del docente, indicando si el alumno cursó y cumplió con los requisitos para regularizar la asignatura. 2) Todos los pedidos de prórrogas de regularidad presentados hasta el 26 de febrero de 2007”;
Que este Cuerpo – en sesión ordinaria del día 27 de febrero de 2007 – aprobó dicho despacho;
Que el Departamento Planeamiento Pedagógico a fs. 3 y 4 efectúa un pedido de clarificación al respecto, cuya respuesta obra a fs. 5 y es la siguiente: “En relación al punto 8 y precedentes de fs. 4 de las presentes actuaciones, de acuerdo a lo dispuesto por el Consejo Directivo de esta Facultad, todos los alumnos que a la fecha fijada en despacho de fs. 2 hayan presentado solicitud de excepción al régimen de correlatividades, deberán considerarse autorizados a cursar las asignaturas que hubieren solicitado//Este Decanato interpreta, sobre la base de lo discutido en el seno del Consejo Directivo, que aquellos alumnos que a la fecha citada (26/02/07) contaran con las condiciones curriculares para acceder a la aprobación de una materia mediante el sistema de promoción, esto es: correlativas anteriores aprobadas y requisitos fijados en cada caso cumplidos de acuerdo al informe de la cátedra respectiva, deberán ser incluídos en las actas de promoción, previa inscripción en el sistema de registro informático”;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Considérense aprobados todos los pedidos para cursar materias fuera de los respectivos regimenes de correlatividades presentados - hasta el 26 de febrero de 2007 – por parte de alumnos de las diferentes carreras que dicta esta Facultad.
ARTICULO 2º.- Considérense aprobados todos los pedidos de prórrogas de regularidades presentados – hasta el 26 de febrero de 2007 – por parte de alumnos de las diferentes carreras que dicta esta Facultad.
ARTICULO 3º.- Dejar debidamente establecido que - sobre la base de lo discutido en el seno de este Cuerpo – aquellos alumnos que al 26 de febrero de 2007 contaran con las condiciones curriculares para acceder a la aprobación de una materia mediante el sistema de promoción directa, esto es: correlativas anteriores aprobadas y requisitos fijados en cada caso – cumplidos de acuerdo al informe de la cátedra respectiva – deberán ser incluídos en las actas de promoción, previa inscripción en el sistema de registro informático.
LIC. DORA ANA DAVIES S E C R E T A R I A FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |