R-CDNAT-2007-225
Salta, 31 de julio de 2007.-
Expte. Nº 10.436/2007
VISTO:
La solicitud de fs. 228 , elevada por el alumno SARAVIA, JUAN PABLO – L.U.Nº 404.753 - de la carrera Ingeniería Agronómica – plan 2003 - por la cual peticiona autorización para cursar la materia CEREALICULTURA (SPAE) , fuera del régimen de correlatividad; y
Que la Comisión de Docencia y Disciplina ha analizado el presente pedido, expidiéndose en forma favorable sobre el particular caso;
Que este Cuerpo - en reunión ordinaria Nº 09-07 del 26 de junio último, aprobó el dictamen de Comisión de Docencia y Disciplina obrantes a fs. precedentes por el cual aconseja “autorizar el pedido de cursado fuera del régimen de correlatividad del alumno recurrente” y dispuso suscribir ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
(En Sesión Ordinaria del 26 de junio de 2007)
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CONSIDERESE AUTORIZADO a cursar en el 1º cuatrimestre del presente período lectivo 2007, fuera del régimen de correlatividad al alumno SARAVIA, JUAN PABLO – L.U.Nº 404.753 - de la carrera Ingeniería Agronómica – plan 2003 - en la materia CEREALICULTURA (SPAE), en razón de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2º.- HAGASE saber a quien corresponda y siga a Dpto. Planeamiento Pedagógico para su toma de razón y proceder a enviar notificación al alumno, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.
nsc
LIC. DORA ANA DAVIES S E C R E T A R I A FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |