CDNAT-2006-212
SALTA, 10 de agosto de 2006.
EXPEDIENTE Nº 11.015/2003
CUERPO 1 y 2.
VISTO:
Las presentes actuaciones relacionadas con el Llamado a Concurso Público de Antecedentes y Prueba de Oposición para la provisión de un (1) cargo de Director del Museo de Ciencias Naturales dependiente de esta Facultad – dispuesto por R-CDNAT-2003-0418; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 273/276, obran dos dictámenes producidos por el Jurado, uno por la Minoría y otro por la Mayoría. En el primero la Dra. Silvia Ametrano manifiesta, entre otros conceptos: “…se ha jerarquizado la factibilidad y originalidad de las propuestas presentadas así como la defensa de las mismas, otorgándose valor a la presentación de estrategias para la gestión de recursos para el Museo”. “En consecuencia se propone el siguiente orden de mérito: 1) Dr. Ivan Petrinovic y 2) MCs Gladys Monasterio de Gonzo.
El dictamen de la Mayoría elaborado por la Dra. Marta de Viana y el Ing. Agr. Lázaro Juan Novara arriban a la siguiente conclusión que dice: “ningún postulante contempló todos los ítems normatizados en el Art. 39 de la Res. 0365/03-FCN y que se consideran fundamentales en el proceso de evaluación y que no se superaron en la etapa de la entrevista. Estas falencias demostradas, crean dudas acerca de la idoneidad de los concursantes para ocupar el cargo que aspiran. Es por ello que aquí se propone lo siguiente: Declarar desierto el concurso para cubrir un cargo de Director del Museo de Ciencias Naturales, según Res. Nº DNAT-2005-1168 del Expte. Nº 11015/03”.
Que a fs. 278/279, el postulante Dr. Ivan Petrinovic ha presentado impugnación en tiempo y forma en contra del dictamen de la Mayoría, fundamentando la misma en los siguientes puntos: “Falta de Fundamentación” y “Arbitrariedad manifiesta”, por lo que solicita al Consejo Directivo que: “1) Considere nulo de nulidad absoluta del dictamen de la Mayoría por carecer de una fundamentación justificada y por arbitrariedad manifiesta del Ing. L .J. Novara. 2) Apruebe el Dictamen en Minoría de acuerdo el Art. 42 de la RCDNAT-2003-0365”
Que a fs. 280/283, la aspirante MCs. Gladys Monasterio de Gonzo, eleva impugnación en tiempo y forma en contra del dictamen de la Mayoría que dice: “..solicito al Sr. Decano y por su intermedio al Consejo Directivo, que se declare nulo el dictamen emitido y firmado por la Dra. de Viana y refrendado, pero no firmando por el Ing. Novara, por incurrir en graves errores, subjetivizar el objeto del concurso y supeditarlo a situaciones personales y por la manifiesta animosidad contra mi persona”. “Por otro lado, solicita se considere exclusivamente el Dictamen en Minoría firmado por la Dra. Silvia Ametrano, que fundamentó el orden de méritos que propone, de acuerdo a la reglamentación vigente y con la seriedad que un acto académico de esta naturaleza requiere, para el beneficio y progreso de la Institución, que es el objetivo del llamado a concurso”.
Que a fs. 289/290, la Lic. Laura Navarini de Demergassi presenta impugnación en tiempo y forma en contra del dictamen de la Mayoría que dice: “...solicito se tome en consideración el dictamen de la minoría realizado por la Dra. Silvia Ametrano. De él se desprende un estudio pormenorizado de todas las propuestas presentadas. Fundamenta todas sus consideraciones de manera seria y objetiva al analizar los planes propuestos por cada postulante. Contempló mi perfil en cuanto a los nuevos conceptos y dinámica museológica, por lo tanto recomendó mi integración como parte del equipo de trabajo del Museo”.
Que a fs. 293, el Decanato de esta Facultad a través de Res. R-DNAT-2006-209, resolvió girar las
presentes actuaciones a Asesoría Jurídica, a los fines expresados en el Artículo 43º del Reglamento del Concurso para la provisión del cargo de Director/a del Museo de Ciencias Naturales.
Que a fs. 295, obra el dictamen de Asesoría Jurídica que aconseja: “..dar vista de las impugnaciones a los miembros del jurado a fin de que formulen las consideraciones que crean conveniente mediante dictamen ampliatorio”.
Que este cuerpo a través de Res. R-CDNAT-2006-177 a fs. 305, resolvió convalidar la Res. R-DNAT-2006-209 y solicitar al jurado interviniente tenga a bien proceder a la ampliación de su dictamen en virtud de la impugnaciones presentadas por los postulantes Dr. Ivan Petrinovic, Mgter. Gladys Monasterio de Gonzo y Lic. Laura Navarini de Demergassi.
Que a fs. 309, obra la ampliación del dictamen por la Mayoría que a la letra dice: “Se ratifica en todos los términos el dictamen de mayoría que contempló en la argumentación la reglamentación vigente (RCDNAT-2003-0365) que consideramos fundado y explícito. Esta apreciación se basa en la lectura de los planes de trabajo propuestos por los aspirantes y en los organigramas de actividades presentados que obran en el expediente. Las respuestas brindadas a las aclaraciones que se solicitaron durante las entrevistas, no fueron suficientes para modificar los conceptos del dictamen”.
Que a fs. 312/314, obra la ampliación del dictamen de la Minoría, que a la letra dice: “En el dictamen original todos los miembros del jurado coincidimos en un mismo texto acerca de la evaluación de los antecedentes, propuestas y entrevistas de los concursantes. Sin embargo, la ponderación final de los mismos y el aspecto particular del Herbario no permitieron un único dictamen. La ampliación que efectuaré tendrá en cuenta detalladamente la RCDNAT 2003/367 en la cual se define el reglamento de funcionamiento del Museo de Ciencias Naturales.”
Realiza una argumentación minuciosa de todo lo actuado y termina en los siguientes términos: “Finalmente ratifico el orden de mérito propuesto en mi dictamen en minoría (fs.275/276) expte. 11015/03”.
Que a fs. 321/323, la Comisión de Docencia y Disciplina luego de un análisis exhaustivo de las presentes actuaciones en su conjunto sobre la base de lo actuado por el Jurado, Asesoría Jurídica y del Consejo Directivo y concluye su despacho aconsejando lo siguiente:
“1. Aceptar las impugnaciones presentadas por cuanto.
Entendemos atendible el cuestionamiento al dictamen de la mayoría que fundamenta su criterio en declarar desierto el concurso por la omisión de los postulantes respecto al Herbario y el desconocimiento de las colecciones del mismo.
La cuestión antes mencionada es reconocida en el dictamen por minoría al afirmar que “Sin embargo la ponderación final de los mismos y el aspecto particular del Herbario no permitieron un único dictamen”.
Aprobar el dictamen por minoría por cuanto.
Realiza una detallada evaluación de todos los aspectos relacionados con los antecedentes, plan de trabajo, entrevista y oposición en forma fundada y explícita.
Considera que la omisión respecto a la inclusión del Herbario en los planes de trabajo obedecen a la confusión generada por la documentación disponible por los aspirantes y el Jurado.
Que los postulantes a quienes otorga orden de mérito, demostraron en la entrevista conocer perfectamente la existencia del Herbario en ámbito de la Facultad de Ciencias Naturales, el organigrama y voluntad de ocuparse del mismo en caso de acceder al cargo de Director del Museo de Ciencias Naturales.
Designar en el cargo de Director del Museo de Ciencias Naturales a quien ocupa el primer lugar en el orden de mérito: Dr. Iván Alejandro Petrinovic.
Por cuerda separada, en atención a lo requerido por el Dr. Iván Alejandro Petrinovic en su impugnación, requerir a los firmantes del dictamen por mayoría ratificación o rectificación acerca de su afirmación de que todos los concursantes “...ignoren, soslayen u oculten la existencia de estas colecciones...”.
Dejamos aclarado que la recomendación Nº 2 requiere, para ser aprobada, los votos afirmativos de los dos tercios de los Consejeros presentes en la reunión (art. 42 inc. c de la resolución RCDNAT-2003-0365).”
Que el Consejo Directivo en su Reunión Ordinaria Nº 11 de fecha 08 de Agosto de 2006, resolvió aprobar el Despacho de la Comisión de Docencia y Disciplina en su totalidad con el voto afirmativo de 10 de los 11 consejeros presentes en dicha Reunión, dando cumplimiento a lo dispuesto en R-CDNAT-2003-0365.
Que se suscribe la presente Resolución a los efectos de dar curso al punto 3) del Despacho de la Comisión de Docencia y Disciplina.
Que se deja constancia que a través del dictado de la Res. R-CDNAT-2006-211, se dio cumplimiento a los puntos 1) y 2).
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Designar al Dr. Ivan Alejandro PETRINOVIC – DNI Nº 16.818.442 - en el cargo de Director del Museo de Ciencias Naturales dependiente de la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Salta - con dedicación exclusiva – a partir de la efectiva toma de posesión de sus funciones y por el término de tres (3) años, contados a partir de esa fecha, con cargo a lo establecido en el Reglamento de Concurso para la provisión del cargo de Director/a del Museo de Ciencias Naturales - Res. R-CDNAT-2003-0365 y por las razones expresadas precedentemente.
ARTICULO 2º.- Disponer que el Dr. Petrinovic percibirá una remuneración mensual equivalente al 80% (ochenta por ciento) de la retribución mensual correspondiente al cargo de Secretario de Facultad, más las retribuciones de Ley.
ARTICULO 3º.- Imputar el gasto emergente de la presente designación a la partida presupuestaria individual correspondiente a la planta de personal superior dependiente de esta Facultad.
ARTICULO 4º.- Establecer un plazo de (48) cuarenta y ocho horas, contadas a partir de la notificación de
la presente para que el interesado inicie ante la Dirección General de Personal los trámites de estilo.
ARTICULO 5º.- Recordar que se encuentra en vigencia la Res. Nº 420/99-CS - Régimen de Incompatibilidad de aplicación a todo el personal que cumpla funciones en esta Universidad.
ARTICULO 6º.- Dejar aclarado al Dr. Petrinovic que deberá hacer efectivo el Plan de Trabajo Propuesto a fs. 262/272 de estos actuados, en el período que dure su gestión.
ARTICULO 7º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias a: Dr. Petrinovic, Consejo Directivo, Dirección Administrativa Económica y Académica, Obra Social y siga a Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos. Publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.-
ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA S E C R E T A R I A FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. GUILLERMO ANDRES BAUDINO V I C E D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |