R-CDNAT-2006-127


Salta, 10 de mayo de 2006.-


Expte. Nº 10.060/06


VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con la recusación al tribunal examinador de la materia Ecología General de la carrera de Profesorado en Ciencias Biológicas interpuesto por el alumno Martín Luis Zannier - LU Nº 405.747; y

CONSIDERANDO:


Que - en fecha 28 de marzo de 2006 - se recepcionó en esta Facultad la resolución judicial registrada bajo el Folio 091 As.T 071 2/1 – Libro I de fecha 21 de marzo de 2006, la que corre agregada a fs. 74 y 75 y la cédula correspondiente que obra a fs. 76, del Sr. Juez del Juzgado de Instrucción Formal 8ª Nominación, ordenando al Decanato de esta Unidad Académica proceda la formación de un tribunal examinador para evaluar al alumno Martín Luis Zannier en la asignatura Ecología General de la carrera de Profesorado en Ciencias Biológicas;

Que la misma dio origen a la suscripción de la R-DNAT-2006-012 por la cual se dio cumplimiento a la citada resolución judicial, conformándose otro tribunal examinador para el día 11 de abril de 2006;

Que se han recepcionado sendas notas de integrantes de la Comunidad Universitaria de esta Facultad planteando posiciones, emitiendo opiniones como - asimismo - peticionando la nulidad de dicha resolución, fundamentando en todos los casos sus respectivas presentaciones;

Que las mismas fueron elevadas por el Decanato a este Consejo Directivo para su consideración;

Que este Cuerpo – constituído en Comisión – ha producido dos despachos, identificados como Despacho 1 que corre a fs. 105 y Despacho 2 que corre a fs. 106, los que para una mayor ilustración se transcriben a continuación:

Despacho 1: “Este Consejo constituído en comisión aconseja://1.- Habilitar a Decanato a realizar las consultas legales que correspondieren a fin de continuar con la tramitación de las presentes actuaciones y en particular a lo referido al amparo – en profundidad – interpuesto por el Juez de Instrucción Formal 8º Nominación, Dr. Sergio Roberto Miranda//2.- Solicitar informe a Asesoría Jurídica de la Universidad del por qué aconseja no apelar la resolución del amparo interpuesta dejando vencer los plazos establecidos en el mismo según art. 4º//3.- El Consejo Directivo ve con profunda inquietud y desagrado los términos vertidos en la nota del estudiante Zannier en su pedido de recusación del tribunal examinador de la asignatura Ecología General”

Despacho 2: “Visto las presentes actuaciones y analizadas las mismas, este Consejo resuelve:// 1. Convalidar lo actuado por Decanato en estas actuaciones. //2. Habilitar a Decanato a solicitar asesoramiento letrado externo sobre los temas que se tratan en estas actuaciones, en general y en particular”;

Que este Cuerpo – en su sesión extraordinaria Nº 01-06 del 12 de abril de 2006 – luego de un profundo y exhaustivo análisis del tema planteado en las presentes actuaciones, aprobó ambos despachos;

Que – en la misma oportunidad – dispuso la suscripción de ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES



R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- Convalidar lo actuado por Decanato en el presente expediente.


ARTICULO 2º.- Habilitar a Decanato a realizar las consultas legales que correspondieren a fin de continuar con la tramitación de las presentes actuaciones y en particular a lo referido al amparo – en profundidad – interpuesto por el Sr. Juez Formal del Juzgado de Instrucción Formal de 8ª Nominación, Dr. Sergio Roberto Miranda.


ARTICULO 3º. Habilitar a Decanato a solicitar asesoramiento letrado externo sobre los temas que se tratan en estas actuaciones, en general y en particular.


ARTICULO 4º.- Solicitar informe al Servicio de Asesoría Jurídica de la Universidad del por qué aconseja No Apelar la resolución de amparo interpuesta, dejando vencer los plazos establecidos en el mismo, según artículo 4º.


ARTICULO 5º.- Dejar expresamente consignado que el Consejo Directivo ve con profunda inquietud y desagrado los términos vertidos en la nota del estudiante Martín Zannier, en su pedido de recusación del tribunal examinador de la asignatura Ecología General.


ARTICULO 6º.- Hágase saber a quien corresponda y siga a Decanato, a los fines expresados en ésta.





ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

SECRETARIA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES