R-CDNAT-2005-0394


Salta, 19 de octubre de 2005.-


Expte. Nº 10.859/2005.-



VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con el dictado de la 2ª Edición del Módulo “POLITICA Y LEGISLACION AMBIENTAL”, el que se desarrollará entre los días 04 al 25 de noviembre de 2005; y


CONSIDERANDO:


Que el mismo se dictará en el marco de la Maestría en Recursos Naturales y Medio Ambiente;


Que el dictado de este Curso estárá a cargo del M. Sc. Abog. Diego MENDEZ MACIAS,en carácter de Director del Curso;


Que el presente Curso es de Posgrado, tiene una carga horaria de 35 (treinta y cinco) horas, incluye clases teóricas, con evaluación final y se encuadra en las disposiciones establecidas en Resolución Nº445/99CS;


Que el Comité Académico de la Maestría en Recursos Naturales y Medio Ambiente, fijó la fecha del dictado del Curso para el mes de setiembre de 2005, según Acta Nº 6-05 del 28 de junio de 2005, obrante a fs. 9-10 de estas actuaciones;


Que a fs. 10 vta. La Coordinadora Administrativa de la Escuela de Posgrado informa que la fecha de dictado del Curso se realizará en el mes de noviembre (del 04 al 25 ), de acuerdo a lo consensuado con el M.Sc. Diego MENDEZ MACIAS;


Que la Comisión de Docencia y Disciplina a fs. 11, aconseja aprobar el dictado del mencionado curso;

Que el objetivo de este curso consiste en que los distintos profesionales tomen conocimiento de los aspectos legales vinculados a la temática ambiental, especialmente la normativa ambiental nacional y provincial, incorporando los principales instrumentos jurídicos de protección ambiental y sobretodo conociendo su funcionamiento en el Municipio Capital y en la Provincia de Salta.


Que está dirigido a profesionales interesados en la temática del Curso;


Que corresponde fijar el arancel de inscripción a este Curso es de $100 (pesos cien), para docentes de esta Universidad y $ 130 (pesos ciento treinta), para otros graduados, el que debe ser abonado por cada uno de los interesados en la Dirección Administrativa Económica de la Facultad de Ciencias Naturales, Universidad Nacional de Salta;


Que los honorarios propuestos a fs. 3, serán ajustados de acuerdo a la recaudación de dicho Curso;


Que corresponde aprobar los programas, contenidos y demás aspectos particulares de este Curso, los que obran en fs. 1 a 3 de estos actuados;



POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

(Reunión Ordinaria Nº 15-05 del 04 de octubre de 2005)

R E S U E L V E :



ARTICULO 1º.- AUTORIZAR el Dictado del Curso de Posgrado Nº 08-05, titulado “POLITICA Y LEGISLACION AMBIENTAL”, a cargo del M. Sc. Abog. Diego MENDEZ MACIAS, en carácter de Director del Curso.


ARTICULO 2º.- Aprobar los programas, contenidos y demás aspectos particulares de este Curso, que obran en fs. 1 a 3 de estas actuaciones.


ARTICULO 3º.- Indicar que este curso tiene una carga horaria de 35 (treinta y cinco) horas, incluye clases teóricas, con evaluación final y se encuadra en las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 445/99 CS.

El dictado se llevara a cabo entre el 04 y el 25 de noviembre de 2005, el dictado de clases se realizará los días viernes y sábados.

El objetivo de este Curso consiste en que los distintos profesionales tomen conocimiento de los aspectos legales vinculados a la temática ambiental, especialmente la normativa ambiental nacional y provincial, incorporando los principales instrumentos jurídicos de protección ambiental y sobretodo conociendo su funcionamiento en el Municipio Capital y en la Provincia de Salta.

Esta dirigido a profesionales interesados en la temática del Curso.


ARTICULO 4º.- Fijar el arancel de inscripción a este Curso en $100 (pesos cien), para docentes de esta Universidad y $ 130 (ciento treinta), para otros graduados, el que debe ser abonado por cada uno de los interesados en la Dirección Administrativa Económica de la Facultad de Ciencias Naturales, Universidad Nacional de Salta.


ARTICULO 5°.- Dejar establecido que los honorarios propuestos a fs. 3 de estos actuandos, serán ajustados de acuerdo a la recaudación de dicho Curso.


ARTICULO 6°.- Establecer que en caso de registrarse un excedente financiero operativo (por sobre el presupuesto presentado a fs. 3, el 5% de este excedente se imputará a la Cuenta “Ingresos No Tributarios - Derechos” de la Facultad de Ciencias Naturales, mientras que el 95 % restante quedará a disposición de la Facultad de Ciencias Naturales, hasta que la Comisión de Hacienda y Presupuesto decida al respecto. La retención deberá realizarse de acuerdo al Artículo 2° de la Resolución CSN°122/03. El Coodinador de este Curso será el M. Sc. Juan José SAUAD.


ARTICULO 7º.- Hágase saber a quien corresponda, remítanse copias a la Escuela de Posgrado, Dirección Administrativa Económica, Tesorería General de la Universidad, al M. Sc. Abog. Diego MENDEZ MACIAS, solicitando tenga a bien informar, una vez concluido el dictado del Curso, la nómina de participantes y los resultados obtenidos. Siga a la Escuela de Posgrado para su toma de razón y demás efectos.


ARTICULO 8°.- PUBLÍQUESE en la página de Internet de la Universidad Nacional de Salta.-

alq/mer.





ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

SECRETARIA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES