R-CDNAT-2005-0330


SALTA, 30 de agosto de 2005.


EXPEDIENTE Nº 10.192/2005



VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con el Llamado a Inscripción de Interesados para la provisión de un (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva para la cátedra “Física” de la Facultad de Ciencias Naturales; y


CONSIDERANDO:


Que a fs. 38/43, la Comisión Asesora produjo su dictamen unánime, explícito y fundado, estableciendo el siguiente orden de mérito: 1) Lic. Mirta Adriana Ovejero y 2) Lic. Claudio Daniel Sorrentino.


Que el Consejo Directivo mediante el dictado de la Res. R-CDNAT-2005-0243, ha solicitado al jurado una ampliación de su dictamen original, ante la impugnación interpuesta por el postulante Lic. Claudio Daniel Sorrentino a fs. 44/45.


Que a fs. 54, los miembros del jurado proceden a la ampliación solicitada ratificando en todos sus términos el dictamen originalmente formulado.


Que la Comisión de Docencia y Disciplina en virtud de lo dictaminado por el jurado y su posterior ampliación refrendada por R-CDNAT-2005-0243 aconseja: no hacer lugar a la impugnación elevada por el Lic. Claudio Daniel Sorrentino de fs 44/45. En consecuencia recomienda aprobar el dictamen unánime, explícito y fundado y su ampliación fs. 38/43 y 54 respectivamente, y designar a la Lic. Mirta Adriana Ovejero en el cargo interino de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva para la cátedra “Física” de la Facultad de Ciencias Naturales.

Que el Consejo Directivo en su Reunión Extraordinaria Nº 06 de fecha 16 de agosto de 2005 aprobó el Despacho de la Comisión de Docencia y Disciplina.

Que se suscribe la presente resolución en los términos dispuestos en relación a la impugnación presentada por parte del postulante, Lic. Claudio Daniel Sorrentino.


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- No hacer lugar a la impugnación interpuesta por parte del postulante, Lic. Claudio Daniel SORRENTINO – en contra del dictamen elaborado por el jurado a fs. 44/45, por las razones expresadas precedentemente.


ARTICULO 2º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias a: interesado y siga a Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos. Publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.-




ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

SECRETARIA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES