R-CD NAT-2005- 0318
SALTA, 26 de agosto de 2005.-
EXPEDIENTE Nº 10.830/2005
VISTO:
La solicitud de fs. precedentes, elevada por el alumno SOTO, Augusto Ernesto - L.U.Nº 405.521 - de la carrera de Ingeniería Agronómica - plan 2003 - por la cual peticiona autorización para cursar la materia Fitopatología, fuera del régimen de correlatividad; y
Que este Cuerpo - en reunión ordinaria Nº 11-05 del día 9 de agosto último, aprobó el despacho de Comisión de Docencia y Disciplina modificado que dice "se solicita hacer lugar al pedido del alumno de fecha 1 de julio del cte. en el sentido de autorizar el cursado de la asignatura Fitopatología, fuera del régimen de correlatividad" y dispuso emitir la presente resolución, en los términos indicados en la parte dispositiva;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
(En Sesión Ordinaria del día 9 de agosto de 2005)
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CONSIDÉRESE AUTORIZADO al alumno SOTO, Augusto Ernesto - L.U. Nº 405.521 - perteneciente a la carrera de Ingeniería Agronómica - plan 2003 - a cursar en el primer cuatrimestre del presente período lectivo 2005, fuera del régimen de correlatividad la materia FITOPATOLOGÍA en razón de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2º.- HAGASE saber a quien corresponda y siga a Dpto. Planeamiento Pedagógico para su toma de razón y proceder a confeccionar el acta de regularidad de la materia Fitopatología, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.
nsc
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ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA SECRETARIA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. JULIO RUBEN NASSER D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |