R-CDNAT-2005-0236

Salta, 29 de junio de 2005.-

Expediente Nº 11.036/2003

VISTO:

La Res. CS Nº 456/03, por medio de la cual se pone en vigencia el plan 2.004 de la carrera PROFESORADO EN CIENCIAS BIOLOGICAS; y

CONSIDERANDO:

Que obra presentación de la Sra. Directora de Escuela de BIOLOGIA, Lic. Virginia Martinez, a fs. precedentes, proponiendo cambios puntuales en la normativa citada, fruto de pedidos efectuados por docentes de dicha carrera, a saber:

Se modifica ubicación de la asignatura Biología Celular y Molecular que de cuarto año, primer cuatrimestre pasa a tercer año, primer cuatrimestre. Fisiología Vegetal, de tercer año, primer cuatrimestre, pasa a cuarto año primer cuatrimestre, y en consecuencia, se reordenan las cargas horarias por semana, cuatrimestre y año y su ubicación en la caja curricular por años de estudio.

Se incluye en contenidos mínimos de Bioestadística: “Estadística no paramétrica: criterios de aplicación”.

Se indican los contenidos mínmos de Biología Celular y Molecular a continuación de los de Genética y los de Fisiología Vegetal a continuación de los de Evolución atento a la modificación “ut supra” mencionada.

Se modifican el régimen de correlativas.

3.18 Biología Celular y Molecular: Para cursar regular 2.13 (Qca.Biol.) y para rendir 2.13 (Qca. Biolog.)

3.20 Diversidad Biológica IV. Para cursar aprobada 2.10 (Biología Animal)

4.25 Fisiología Vegetal. Para cursar aprobada 2.13 (Qca. Biologica) y 1.06 (Biología de Plantas).

Se modifican las equivalencias de Módulo I, Condicionantes Sociales, Modulo II – Taller I La Práctica Docente del plan 1995 por Sistema Educativo e Institucional.

Se considera a Práctica Educativa del plan 2.004 sin equivalencia.

Se modifica el régimen de correlativa de Química Biológica: 2.13 Química Biológica para cursar regulares 1.05 (Física General) y 2.09 (Química Orgánica) y para rendir aprobadas 1.05 (Física General) y 2.09 (Química Orgánica).

Que se estimó necesario elaborar el pertinente texto ordenado, elevado por la Escuela, con la adecuaciones propuestas y anteriormente detalladas, con el solo fin de dinamizar su lectura y facilitar su comprensión;

Que la Comisión de Docencia y Disciplina del Consejo Directivo se expide con dictamen favorable a fs. precedentes;

Que este Cuerpo -en Reunión Ordinaria Nº 03-05 del 29 de abril de 2.005- analízó la presentaciones e informes, aprobando el dictámen mencionado y dispuso la suscripción de ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva, con cargo a lo dispuesto en la normativa vigente;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- APROBAR Y poner en vigencia, a partir del presente período lectivo 2.005 las modificaciones y adecuaciones del plan de estudios 2.004 de la carrera PROFESORADO EN CIENCIAS BIOLOGICAS, aprobada por resolución CS Nº 456/03. en virtud de lo expresado en el exordio, con cargo a lo dispuesto por Res. CS N 344-91 y complementado por lo enunciado en el inc.6) del Art. 113 del Estatuto de la Universidad Nacional de Salta.

ARTICULO 2º.- INDICAR que las modificaciones y adecuaciones aludidas en el artículo anterior obran en el texto ordenado elevado por la Escuela que corre de fs. 53 a 60 vuelta, el que se constituye como tal para la mencionada carrera.

ARTICULO 3º.- Hágase saber a quien corresponda, por Despacho General fotocópiese las fojas indicadas en artículo precedente y elévese al Consejo Superior de la Universidad, a los fines de proceder a su ratificación.-

jll.



Ing. Silvia Raquel Zapata


Dr. Julio Rubén Nasser

S E C R E T A R I A


D E C A N O

Facultad de Ciencias Naturales


Facultad de Ciencias Naturales