R-CDNAT-2004-0355
Salta, 23 de setiembre de 2004.-
Expte. 10.417/04
VISTO:
Las presentes actuaciones relacionadas con la equiparación total entre las asignaturas Química Orgánica y Biológica de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente - plan 1997 - por las asignaturas Química Orgánica y Química Biológica de las carrera de Ingeniería Agronómica - planes 1991 y 2003, Licenciatura y Profesorado en Ciencias Biológicas - planes 1995 y 2004; y
Que este cuerpo - en su reunión ordinaria Nº 13-04 del día 24 de agosto último en tratamiento sobre tablas, aprobó el despacho de Comisión de Docencia y Disciplina que dice: "Visto la situación planteada y considerando fundamentalmente lo aconsejado por los profesores de las cátedras de Química Orgánica y Química Biológica, esta Comisión aconseja No otorgar la equiparación total entre las asignaturas Química Orgánica y Biológica de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente, por las asignaturas Química Orgánica y Química Biológica de los planes de estudios 1991, 2003, 1995 y 2004 de las carrera de Ingeniería Agronómica , Licenciatura y Profesorado en Ciencias Biológicas, por ser los objetivos, los contenidos y el perfil, fundamentalmente diferentes" y en consideración de potenciales situaciones y para mejor preveer y operatividad del sistema, aconseja se emita una resolución general, en los términos indicados en su parte dispositiva;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
(En Sesión Ordinaria del 24 de agosto de 2004)
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- DEJAR debidamente establecido que - no existe equiparación total ni parcial - entre las asignaturas Química Orgánica y Biológica de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente plan 1997 - con las asignaturas Química Orgánica y Química Biológica de los planes de estudios 1995 y 2004 de las carreras de Licenciatura en Ciencias Biológicas y de Profesorado en Ciencias Biológicas y de los planes 1991 y 2003 de la carrera de Ingeniería Agronómica, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2º.- HAGASE saber a quien corresponda, dése copia al CUECNa, Escuelas de Agronomía, Biología, Recursos Naturales y siga a la Dirección Administrativa Académica, para su toma de razón y demás efectos, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.
nsc.
Hilda Rosa Mercado a/c. Dirección Administrativa Económica Facultad de Ciencias Naturales |
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Dr. Guillermo Andrés Baudino Vice Decano Facultad de Ciencias Naturales |