R-CDNAT-2004-0288

SALTA, 18 de agosto de 2004


EXPEDIENTE N° 18.144/04



VISTO:


El pedido del Sr. Decano de la Facultad de Ciencias Naturales – Dr. Julio Rubén Nasser – a fs. 13 vta. solicitando al Consejo Directivo autorización para realizar un contrato de Locación de Servicios o de Obras según corresponda –dada la urgente necesidad de confeccionar los planos correspondientes al microcine y postgrado de esta Facultad, y


CONSIDERANDO:


Que a fs. 14 obra Despacho de Consejo y Comisiones N° 629-04 mediante el cual se informa que en Reunión Ordinaria N° 12-04 de fecha 10/08/04, el Consejo Directivo dispuso se autorice la contratación de Locación de Servicios Profesionales propuesta por la Dirección General de Obras y Servicios, con el Arq. Gustavo Adolfo BARANOVSKY, según constancia de fs. 1 a 7 y Currículum Vitae, de fs. 8 a 13.


Que de fs. 15 a 17, ambos inclusive, obra el Contrato de Locación de Servicios Profesionales firmado por el Arq. Gustavo A. BARANOVSKY y la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Salta, representada por el Sr. Decano, Dr. Julio Rubén NASSER, debidamente sellado por la Dirección General de Rentas.


Que mediante el citado contrato, el Arq. Gustavo A. BARANOVSKY prestará sus servicios de acuerdo con las actividades y diagramas determinados por la Dirección General de Obras y Servicios, quedando convenido que el contrato está supeditado en un todo al desarrollo y/o desenvolvimiento de las funciones de la Universidad Nacional de Salta.


Que el plazo de ejecución del contrato es de 2 (dos) meses, a partir del 05/07/04 finalizando en consecuencia el 04/09/04, quedando establecido que el mismo no importa una expectativa o derecho a prórroga a beneficio del contratado, pudiendo ser prorrogado o renovado únicamente de común acuerdo entre las partes mediante suscripción de otro contrato, como así también la continuación en la prestación de los servicios una vez operado el vencimiento del contrato no importará en modo alguno la tácita reconducción del mismo.


Que el honorario total por todo concepto se ha convenido en la suma total de $ 2.600,= (Pesos Dos mil seiscientos), siendo la forma de pago en 2 (dos) libramientos consecutivos de $ 1.300,= (Pesos Un mil trescientos) cada uno, debiendo el Contratado emitir Factura de acuerdo a su situación fiscal ante los organismos de recaudación, fijándose como lugar de cobro la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Salta, pudiendo estos libramientos ser ajustados de acuerdo a la evaluación que practicará el contratante, en tal caso, el método de ajuste regirá a partir del último libramiento y en ningún caso será considerado retroactivo.


Que se deja establecido que si la prestación a cargo de una de las partes se tornara excesivamente onerosa, por acontecimientos extraordinarios e imprevisibles, la parte perjudicada podrá demandar la resolución del contrato, pudiendo la otra parte impedir la resolución ofreciendo mejorar equitativamente los efectos del contrato.


Que el contratado no será considerado en ningún caso bajo relación de dependencia de la Universidad Nacional de Salta, por lo que no tendrá derecho a recibir ningún beneficio, prestación, compensación u otro pago fuera de los estipulados expresamente en la presente resolución.


Que cada una de las partes podrá, en todo momento, rescindir el contrato notificando por escrito a la otra parte con 30 (treinta) días de anticipación.


Que los derechos de propiedad de autor y de reproducción así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza que sea sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como consecuencia del contrato, pertenecerán a la Universidad Nacional de Salta.


Que el contratado está obligado a la reserva o confidencialidad de información no publicada o de carácter confidencial de que haya tenido conocimiento con motivo de la ejecución de sus obligaciones emanadas del contrato, salvo que así lo requiera su cometido o que el contratante lo hubiera autorizado expresamente para hacerlo, siendo esta obligación en rigor aún después del vencimiento del plazo del contrato o de la rescisión, si la hubiera, haciéndose responsable de los daños y perjuicios que pudiera arrogar la difusión de datos o informes no publicados.


Que el contratado no estará exento de ningún impuesto en virtud del convenio y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los mismos con que se graven las sumas recibidas en carácter de pago.


Que a los efectos legales emergentes las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta, renunciando expresamente a todo otro fuero y/o jurisdicción.


Que el gasto ocasionado en las presentes actuaciones será afrontado con fondos anticipados oportunamente mediante Expediente N° 908/03 – Microcine.


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:


ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios Profesionales, obrante a fs. 15 a 17, ambos inclusive, acordado entre el Arq. Gustavo Adolfo BARANOVSKY, D.N.I. N° 23.581.130, CUIT y ACTIVIDADES ECONOMICAS N° 20-23581130-9, con domicilio en Hipólito Irigoyen N° 215 – 1er. Piso – Dpto. 1 – 4400 – SALTA y la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Salta, representada por el Sr. Decano, Dr. Julio Rubén NASSER, por la suma total de $ 2.600,= (Pesos Dos mil seiscientos).


ARTICULO 2°.- Imputar la suma total citada en el Artículo anterior en la Partida Presupuestaria 3.4.9 – SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES del presupuesto de esta Facultad.


ARTICULO 3°.- Dejar debidamente aclarado que el gasto ocasionado en las presentes actuaciones será efectuado con fondos provenientes del anticipo recibido mediante Expediente N° 908/03 – Microcine.


ARTICULO 4°.- Hágase saber a quién corresponda, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta y siga a Secretaría Administrativa para su toma de razón y demás efectos.-




Hilda Rosa Mercado

a/c. Dirección Administrativa Económica

Facultad de Ciencias Naturales


Dr. Julio Rubén Nasser

Decano

Facultad de Ciencias Naturales


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