R-CDNAT-2003-0316
Salta, 20 de octubre de 2003.-
Expte. 10.240/2002
VISTO:
La Res. N°116/02 CD FCN; y
CONSIDERANDO:
Que la misma fue emitida por este Cuerpo en el marco que la profunda crisis que atravesaba el país en general y el sistema universitario en particular, ante la cual era necesario garantizar la primera prioridad de la Universidad Nacional de Salta: la docencia de grado, optimizando los escasos recursos de los que entonces se disponía;
Que es necesario dejar sentado que durante el ejercicio anterior ha sido imprescindible acordar en todo el seno de la Universidad un nuevo régimen de funcionamiento y prioridades sobre la base de los créditos efectivamente financiados;
Que si bien la actual situación financiera de la Universidad Nacional de Salta no es la óptima, permite contar con mayores recursos que en el año anterior;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
(en su Reunión Ordinaria 16-03 del 30/09/03)
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Modificar la Res. 116/02 CD FCN en los siguientes aspectos:
ANEXO I:
Administración Central
Dejar expresamente aclarado que este Cuerpo apoya los viajes de Decanato y/o representantes del mismo, por cuanto representan la inserción de las distintas carreras de la Facultad en el país en el marco de las acreditaciones impulsadas por la CONEAU para carreras de Grado y de Postgrado.
Se destaca, además, la importancia de mantener en forma constante la relación con las Sedes Regionales a efectos de continuar con un contacto estrecho entre las carreras que dependen de esta Facultad.
Escuela de Postgrado
Teniendo en cuenta la Res. CD N°138/03 por la que se asigna un presupuesto para atender los gastos de esta Escuela, se considera necesario establecer el siguiente orden de prioridades en los gastos:
a) Constitución de Tribunales Examinadores para la defensa de Tesis de Postgrado
b) Viajes relacionados con la gestión de distintas carreras
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c) Útiles y materiales necesarios para el funcionamiento de la Escuela.
ANEXO II
Trabajos prácticos de Campo:
a) Viáticos Docentes: Se liquidarán de acuerdo a la Escala de Viáticos vigente en la Universidad y de acuerdo al Dto. 1343/74 (según cargo y dedicación) y de un docente cada 25 alumnos. En los casos de viajes que involucren más de una cátedra se liquidarán los viáticos a un docente por cada cátedra participante.
b) Ayuda Económica para Alumnos: Se otorgará la suma de Pesos, CINCO ($ 5,00) por alumno y por día completo de comisión.
c) Trabajos Prácticos Áulicos y Clases Teóricas: Se mantiene la metodología fijada en la Res. 116/03 CD FCN, esta es: realizar compras conjuntas vía Facultad, de materiales de librería (resmas de papel, borradores, fibras, tizas, cartuchos de impresoras, etc.) como así también el material bibliográfico.
d) Apoyo Económico a Tesinas de Grado y Seminarios: Se incrementa la ayuda económica a Pesos, Doscientos ($ 200,00).
e) Actualización Docente: Cada docente deberá elevar su pedido a la Escuela correspondiente, la cual fijará, según sus criterios, el monto a asignar.
ARTICULO 2º.- Hágase saber a quien corresponda, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta, y siga al Consejo Directivo para su convalidación.
Dr. Guillermo Andrés Baudino Ing. Stella Maris Pérez de Bianchi
Secretario Académico Decana
Facultad de Ciencias Naturales Facultad de Ciencias Naturales