Salta, 18 de Junio de 2012

338/12

Expte. N° 14.371/11

VISTO:

Las actuaciones mediante las cuales se convoca a Concurso Público para cubrir un cargo de Auxiliar Docente Regular en la Categoría de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple en la Asignatura Termodinámica I de la Carrera de Ingeniería Química de esta Facultad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Nota Nº 815/12, la Ing. Estela María Romero Dondiz presenta impugnación al dictamen del Jurado;

Que el H. Consejo Directivo, en su  VI Reunión Ordinaria de fecha 9 de mayo de 2012 resuelve que las actuaciones pasen a Asesoría Jurídica, a fin de establecer si existen vicios de procedimientos;

Que a fojas 155 a 156, Asesoría Jurídica, emite Dictamen Nº 13.828 de fecha 21 de mayo de 2012, firmado por la Abog. Guadalupe Fernández Soler, el que se transcribe a continuación:
“Sres. Consejeros:
Las actuaciones de referencia vienen a este Servicio Jurídico (fs. 154) por pedido del Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería, a fin de que se establezca si existe vicios de procedimiento.
-Conforme surge de autos, mediante Res. CD Ingeniería N° 714/11 (fs. 56) se autorizó el llamado a concurso público para cubrir un cargo de JTP Regular, dedicación simple, para la asignatura Termodinámica I de la Carrera de Ingeniería Industrial, designándose los miembros titulares y suplentes que integrarían el Jurado.
-A fs. 87 rola fotocopia de la nota N° 482/12 suscripta por el Ing. Luis César Romero solicitando su excusación para integrar el Jurado por razones de salud. Asimismo a fs. 90 la Dra. Castro Vidaurre plantea su excusación (rola fotocopia de la nota presentada) por el hecho de encontrarse abocada a la organización del VIII Congreso Ibero-Americano en Ciencia y Tecnología de Membranas (CITEM 2012).
-Ambas excusaciones fueron resueltas -sin dictamen jurídico previo- mediante Resoluciones emanadas del Decanato de la Facultad de Ingeniería correspondientes a los números 131/12 (fs. 88) y 135/12 (fs. 91).
-Ahora bien, el reglamento de Concurso para la Provisión de cargos de Jefe de Trabajos Prácticos y Auxiliares Docentes de Primera Categoría -Res. CS N° 661/88-, de aplicación al caso que nos ocupa en su artículo 30 reza: "Resolución sobre recusaciones y excusaciones. Las recusaciones y excusaciones de los miembros del jurado se tramitarán y serán resueltas directamente por el Consejo Directivo. A tal fin el decano elevará las actuaciones dentro de los tres (3) días hábiles de haberse formulado la excusación o haberse presentado los descargos en caso de las recusaciones. El Consejo Directivo resolverá definitivamente dentro de los veinticinco (25) días hábiles de haber recibido las actuaciones correspondientes" (el resaltado me pertenece).
- De la lectura del artículo citado surge claramente que las Res. CD. Ingeniería N° 131/12 Y 135/12 por las que se aceptaron las excusaciones planteadas por dos miembros titulares del Jurado emanaron de autoridad incompetente, resultando nulas de nulidad absoluta, ocasionando en consecuencia la nulidad de todo lo actuado con posterioridad.
-Así las cosas, y existiendo en autos un vicio grave de procedimiento que no permite subsanación teniendo en cuenta el estado procesal de las actuaciones, aconsejo declarar la nulidad del presente concurso, quedando habilitado el Consejo Directivo a proceder a un convocar un nuevo llamado.
Sirva el presente de atenta nota de remisión al Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería.-”

Que el H. Consejo Directivo, en su  VII Reunión Ordinaria de fecha 23 de mayo de 2012 resuelve que las presentes actuaciones pasen a las Comisiones de Asuntos Académicos y de Reglamento y Desarrollo;

Que asimismo, el Reglamento de Concurso para la provisión de cargos de Auxiliares Docentes Regulares, Res. Nº 661/88 y sus modificatorias, en el Art. 45 en su inciso f) establece que el Consejo Directivo podrá anular el concurso por vicio de forma;

Que las Comisiones de Asuntos Académicos y de Reglamento y Desarrollo analizan las presentes actuaciones juntamente con la Reglamentación vigente;

 

POR ELLO y de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, mediante Despacho N° 82/12,

EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
(En su cuarto intermedio de la VIII sesión ordinaria del 13 de Junio de 2012)

R E S U E L V E

ARTICULO 1°.- Anular el llamado a Concurso Público para cubrir un (1) cargo de Auxiliar Docente Regular en la Categoría de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple en la Asignatura Termodinámica I de la Carrera de Ingeniería Química de esta Facultad por vicio de procedimiento toda vez que se transgredió el artículo 30º de la Resolución CS Nº 661/88 y modificatorias.

ARTICULO 2°.- Hágase saber, comuníquese a Secretaría Académica, Escuela de Ingeniería Química, Ing. Angélica ARENAS, Dra. María Alejandra BERTUZZI, Dra. Graciela del Valle MORALES, Ing. Estela ROMERO DONDIZ, Ing. Juan Pablo GUTIERREZ y siga por la Dirección General Administrativa Académica al Departamento Docencia para su toma de razón y demás efectos.
NM/sia

Firmado:

Dra. Mónica Liliana PARENTIS - Secretaria Académica

Ing. Jorge Felix ALMAZAN - Decano