Salta, 11 de Abril de 2011
199/11
Expte. Nº 14.081/11
VISTO:
Las propuestas de aranceles de los Cursos de Postgrado que se dictan en nuestra Facultad; y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Hacienda ha analizado la conveniencia de determinar un factor de ponderación para fijar los aranceles de cada curso;
Que en ese sentido se sugiere que los Cursos de Postgrado sean gratuitos para los Docentes de esta Facultad y alumnos de las Carreras de Postgrado aranceladas de esta Facultad: Doctorado en Ingeniería y Doctorado, Especialidad y Maestría en Ciencia y Tecnología de Alimentos, proponiendo un factor de ponderación;
Que la Comisión de Hacienda aconseja determinar la siguiente relación arancelaria (Factor Multiplicador), para fijar los aranceles de los Cursos de Postgrado que se dictan en la Facultad de Ingeniería:
Que el Honorable Consejo Directivo en su III Reunión Ordinaria, resuelve aprobar el Despacho Nº 10/2010 de la Comisión de Hacienda modificando en la parte resolutiva, donde dice “Docentes de la Universidad Nacional de Salta: 1,5” debe decir “Docentes y Estudiantes de postgrado de otras Facultades de la Universidad Nacional de Salta: 1,5”;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias.
EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
(en su sesión ordinaria del 23 de Marzo de 2.011)
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Aprobar el Despacho Nº 10/2011 de la Comisión de Hacienda modificado y por consiguiente la relación arancelaria, (Factor Multiplicador), para fijar los aranceles de los Cursos de Postgrados que se dictan en la Facultad de Ingeniería, según se detalla a continuación:
ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a Rectorado, a Secretaría Administrativa, a la Secretaria Académica de la Facultad, a la Escuela de Postgrado, a las Escuelas de Ingeniería, al Honorable Consejo Directivo, al Dpto. de Cómputos para difusión por Correo Electrónico y por Pagina Web de la Facultad y siga al Dpto. Presupuesto y Rendiciones de Cuentas, para su toma de razón y demás efectos.
MNG/jab
Firmado: