Salta, 4 de Abril de 2011

 

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Expte Nº 14.346/00

 

VISTO:
             La sugerencia oportunamente realizada por el Ing. Héctor Raúl Casado, de  instituir en el ámbito de esta Unidad Académica, el Cuadro de Honor para los estudiantes de las carreras de grado que se dictan en esta Facultad; y

CONSIDERANDO:

            Que a través de la Resolución Nº 91-HCD-01 se distingue a los alumnos de las carreras de Ingeniería de la Facultad, mediante las figuras honoríficas de Abanderado y Escoltas, estableciéndose pautas para acceder  a estas distinciones;

            Que no siempre en dicha selección, estuvieron representadas las tres Carreras de Grado de esta Facultad y por lo tanto no se reconoce a los estudiantes con alto desempeño académico de cada una de las Carreras;

            Que la Comisión de Reglamento y Desarrollo, en virtud de lo expresado, entiende que sería conveniente instituir un Cuadro de Honor con los cinco (5) mejores estudiantes de cada carrera de grado de esta Institución;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
(en su sesión ordinaria del 23 de Marzo de 2.011)

R E S U E L V E

ARTICULO 1º.- Instituir en el ámbito de la Facultad de Ingeniería, el Cuadro de Honor de los Estudiantes de las Carreras de Grado de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Salta.

ARTICULO 2º.- La designación de los 5 (cinco) mejores estudiantes de cada Carrera, la realizará el Honorable Consejo Directivo, la misma será por el término de un año, a partir del 6 de Junio de cada año, día de la Ingeniería Argentina.

ARTICULO 3º.- Establecer los siguientes requisitos para acceder a estas distinciones:

  1. Estar inscripto como alumno regular en una carrera de grado de esta Facultad.
  2. No registrar sanciones disciplinarias.
  3. Tener un promedio (excluidos los aplazos) no inferior a 7 (siete), contabilizando las materias aprobadas hasta el turno ordinario de Febrero-Marzo inmediato anterior.
  4. Tener aprobado como mínimo, el 80% de la carrera que esta cursando.
  5. No registrar más de 3 (tres) aplazos.
  6. No acreditar más del 20% de las asignaturas del Plan de Estudio aprobadas por equivalencia con materias de otras Facultades de la Universidad Nacional de Salta o de otras Universidades o Casas de Estudios Superiores. No se considerarán como materias aprobadas por equivalencia, aquellas que correspondan a cambio de Planes de Estudio dentro de la misma carrera.

ARTICULO 4º.- Determinar la siguiente escala de valores para la selección que se realizará de acuerdo al promedio detallado en el ítem III del Artículo anterior, multiplicado por el siguiente coeficiente:

            Nº de materias aprobadas X  Nº de años de la carrera
      C= - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
            Nº de materias de la carrera X Nº de años de cursado

ARTICULO 5º.- Aplicar los siguientes criterios de selección, en caso de paridad entre dos puntajes, en el orden enunciado:

  1. Mejor promedio
  2. Menor número de aplazos
  3. Mayor porcentaje de materias aprobadas
  4. Menor permanencia en la carrera

Si aún se mantuviese la paridad, se procederá a un sorteo entre los alumnos involucrados.

ARTICULO 6º.- Dejar establecido que se publicará la lista que a sí resultare, en una cartelera especial destinada a este solo efecto.

ARTICULO 7º.- Hágase saber, comuníquese a Rectorado, a Secretaría Académica, al Centro de Estudiantes, a las escuelas de Ingeniería, difúndase ampliamente en el ámbito de la Facultad y siga por la Dirección Administrativa Académica a los Departamentos Alumnos y Docencia para su toma de razón y demás efectos.-
d.f.

Firmado: