Salta, 27 de Julio de 2010
511/10
Expte. Nº 14.077/10
VISTO:
La solicitud de adscripción de la Ing. Julieta Martínez en la cátedra de Optativa I - Petroquímica de la carrera de Ingeniería Química; y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 504/84, Reglamento General sobre Adscripciones a Cátedras para todo el ámbito de la Universidad, establece entre otras disposiciones que “La adscripción de los graduados en las cátedras de la Universidad Nacional de Salta tiene por objeto facilitar su perfeccionamiento académico mediante actividades en la misma, bajo la dirección de su titular o encargado” y que “La participación en actividades docentes se refiere esencialmente a la necesidad de prácticas de la enseñanza y no a suplir la carencia de personal rentado en las cátedras”;
Que la Resolución Nº 088-HCD-10 - Reglamento sobre Adscripciones a Cátedras para la Facultad de Ingeniería, dice “La dirección y supervisión de las tareas del adscripto será efectuada por el docente responsable de la cátedra”, como también que “el adscripto graduado podrá cumplir tareas de desarrollo de clases prácticas con alumnos, bajo la dirección y control del Profesor o colaboración en clases prácticas a cargo de un Jefe de Trabajos Prácticos, según se estime adecuado”;
Que la Escuela de Ingeniería Química y la Comisión de Asuntos Académicos, esta última mediante Despacho Nº 153/10, aconsejan aprobar dicha solicitud de adscripción;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
(En su IX sesión ordinaria del 23 de Junio de 2010)
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Tener por autorizada de acuerdo a los términos de la Res. Nº 088-HCD-10 la siguiente adscripción:
Cátedra : OPTATIVA I - Petroquímica
Profesora : Dra. Eleonora ERDMANN
Adscripta : Ing. Julieta MARTINEZ – DNI Nº 27.175.420
Cargo : Auxiliar Adscripta de 1ra. Categoría
Período : 01 de Abril de 2.010 al 31 de Marzo de 2.011
ARTICULO 2º.- Aprobar el PLAN DE TRABAJO a realizar por la adscripta, tareas que deberá desarrollar bajo la dirección y control de la Profesora a cargo de la cátedra Dra. Eleonora ERDMANN, que se detalla a continuación:
PLAN DE TRABAJO
ARTICULO 3º.- Dejar debidamente aclarado que para que la adscripción pueda ser considerada antecedente académico deberá contar con la resolución aprobatoria pertinente una vez cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de Adscripciones.
ARTICULO 4º.- Hágase saber, comuníquese a Secretaría de Facultad, a Dirección General de Personal, a la Escuela de Ingeniería Química, a la cátedra, a la interesada y siga por las Direcciones Administrativa Económica y Académica a la División Personal y al Departamento Docencia respectivamente, para su toma de razón y demás efectos.
SIA
Firmado: