Salta, 30 de Junio de 2010

483/10

                                                                                                               Expte. N° 14.027/07

VISTO:

            Estas actuaciones relacionadas con la evaluación periódica del Ing. Carlos Enrique Bassani, Auxiliar Docente Regular en la categoría de Jefe de  Trabajos Prácticos con dedicación Simple en la asignatura Instalaciones Eléctricas  de la carrera de Ingeniería Química de esta Facultad, sujeto al  Régimen de Permanencia para Docentes Regulares, aprobado por Resolución CS Nº 014/04 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

            Que de fs. 116 a 123 obran los informes de los miembros de la Comisión Evaluadora interviniente, Ing. Carlos Alberto Marqués, Ing. Daniel Hoyos e Ing. Roberto Raijelson;

            Que el H. Consejo Directivo, mediante la Resolución Nº 678/09, resuelve solicitar ampliación de los Dictámenes de los miembros de la Comisión Evaluadora, Ings.  Daniel Hoyos y Roberto Raijelson, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 30º inciso A) del Anexo I de la Resolución CS Nº 014/04 y sus modificatorias;

            Que a fs. 127, el Sr. Director Administrativo Académico de la Facultad informa que se ha recibido en sobre cerrado sólo la ampliación del informe evaluatorio del Ing. Roberto Raijelson;

            Que a fs. 131, las Comisiones de Asuntos Académicos y Reglamento y Desarrollo solicitan Dictamen de Asesoría Jurídica al respecto;

            Que a fs. 132 obra Dictamen Nº 11.895 de Asesoría Jurídica, firmado por el Abog. Fermín Ricardo Aranda, que se transcribe a continuación:
“Vienen los presentes actuados a los efectos que esta Asesoría Jurídica informe sobre los pasos a seguir atento a la situación planteada con motivo de la falta de la producción de la ampliación del Dictamen solicitado al Ing. Daniel Hoyos, miembro de la Comisión Evaluadora.
Respecto al Dictamen ya emitido a fs. 121, por Res. Nº 078/09, cuya copia obra a fs. 125, el Consejo Directivo tiene dicho que el Dictamen del Ing. Hoyos no se ajusta a lo establecido por la reglamentación en su Art. 12 del Régimen de Permanencia, por lo que le solicitó ampliación del Dictamen; solicitud a la que se hizo caso omiso a pesar de estar debidamente notificado (ver fs. 126).
En este contexto, el Consejo Directivo deberá proceder a rechazar la evaluación del Ing. Daniel Hoyos por vicios de forma, al no ajustarse el Dictamen a lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento del Régimen de Permanencia, lo que hace aparecer al mismo como un vicio de arbitrariedad por falta de suficiente fundamentación (Art. 30, Inc. E) cumplido lo cual, y tal como lo dispone el Inc. F) del Cuerpo Normativo bajo análisis,  deberá solicitarse una nueva evaluación al miembro suplente, el que deberá expedirse en los plazos que determina la reglamentación – 72 horas o 20 días – según sea, el miembro de la Universidad o externo.
En cuanto a la conducta del Ing. Daniel Hoyos, cumplido que sea el trámite del Régimen de Permanencia, deberá remitirse estos actuados a Dirección de Sumarios a los efectos de su análisis y correspondiente informe.
Obre la presente de atenta nota de remisión a la Facultad de Ingeniería”;

            Que este tema fue analizado en forma conjunta por las Comisiones de Asuntos Académicos y Reglamento y Desarrollo, el día 19 de mayo de 2010, emitiendo el Despacho Nº 126/2010;
            Que el Honorable Consejo Directivo en su Reunión del día 26 de mayo de 2010, luego de considerar el tema, resuelve que las actuaciones vuelvan a Comisión;

            Que las Comisiones de Asuntos Académicos y Reglamento y Desarrollo analizan nuevamente el tema, teniendo en cuenta los Dictámenes de los Miembros de la Comisión Evaluadora, la ampliación del informe presentada por el Ing. Roberto Raijelson y el informe de Asesoría Jurídica;

            Que atento que los Dictámenes de la Comisión Evaluadora, por unanimidad, califican de aceptable la actividad desarrollada por el Docente en el período evaluado; y con el fin de no dilatar aún más la definición de esta evaluación, las Comisiones recomiendan aprobar dicha calificación y la prórroga de su designación en el cargo docente Regular, pero asimismo también comparte lo dictaminado por el Evaluador Externo, Ing. Carlos Alberto Marqués, que considera aceptable ( con observaciones) el informe trienal analizado, y cuyas observaciones se transcriben a continuación:
“1) Incentivar y controlar que las propuestas a futuro realizadas por el Ing. Basani,  realmente se cumplan.
2) Se aconseja constituir una Comisión Docente para verificar que los comentarios negativos de los alumnos, vertidos en las encuestas asociadas, sean verdaderos  y si así fuera, habría que lograr que el Ing. Basani corrija su proceder”;

            Que en ese sentido, la propuesta planteada por el Ing. Basani, de agregar en el futuro cuatro clases de Laboratorio fuera de las horas de prácticas ya establecidas, las mismas deben ser programadas dentro del  horario de clases: y respecto a los comentarios negativos de los alumnos, solicitar a la Escuela de Ingeniería Química, realizar el seguimiento correspondiente al docente;

            Que copia de los Dictámenes de los Miembros de la Comisión Evaluadora se adjuntarán como Anexo de la presente resolución;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
(en su sesión ordinaria del 10 de junio de 2010)

R E S U E L V E

ARTICULO1º.- Aprobar la calificación de “Aceptable” (Positiva) de los Miembros de la Comisión Evaluadora, sobre el desempeño del Ing. Carlos Enrique BASSANI, en el marco del Régimen de Permanencia, con las siguientes  observaciones planteadas en el informe del Miembro del Tribunal Evaluador, Ing. Carlos Alberto MARQUÉS:

  1. Incentivar y controlar que las propuestas a futuro realizadas por el Ing. Carlos Enrique BASSANI, realmente se cumplan.
  2. Solicitar a la Escuela de Ingeniería Química realizar el seguimiento al Docente, teniendo en cuenta lo anteriormente puntualizado y los comentarios negativos de los estudiantes.

 

ARTICULO 2º.- Prorrogar por el término de tres (3) años, la designación del Ing. Carlos Enrique BASSANI, en el cargo de AUXILIAR DOCENTE REGULAR en la categoría de JEFE DE TRABAJOS PRACTICOS con dedicación SIMPLE de la asignatura INSTALACIONES ELECTRICAS de la carrera de Ingeniería Química.

ARTICULO 3º.-  Determinar  que  copia   de  los  Dictámenes   de   los   Miembros  de  la  Comisión Evaluadora se adjunten como Anexo I de la presente Resolución.

ARTICULO 4º.- Disponer que la presente Resolución y la documentación correspondiente de las observaciones puntualizadas anteriormente, sean consignadas para consideración de la Comisión que evalúe el próximo período de permanencia del Ing. Carlos Enrique BASSANI.

ARTICULO 5°.- Hágase saber, comuníquese a Secretaría Administrativa, Obra Social, Escuela de Ingeniería Química, Ing. Roberto RAIJELSON, Ing. Carlos Enrique BASSANI, División Personal, Dpto. Docencia,  y siga a Dirección General de Personal a sus efectos.
MG/dng

Firmado: