Salta, 14 de Mayo de 2010.-
312/10
Expte. Nº 14.283/05
VISTO:
Estas actuaciones por las cuales la Lic. Carolina Ibarguren mediante Nota ingresada Nº 1013/10, presenta cuatro ejemplares del trabajo de tesis Bacteriocinas sintetizadas por bacterias lácticas como potenciales bioprotectores de alimentos, bajo la dirección de la Dra. Marcela Carina Audisio y la co-dirección de la Dra. María Cristina Apella, en el marco de la carrera del Doctorado Regional en Ciencia y Tecnología de los Alimentos; y
CONSIDERANDO:
Que el Comité Académico Regional a fojas 114, propuso el jurado que entenderá en la evaluación del Trabajo de Tesis; y a fojas 127, solicitó que se especifique la Orientación del título a otorgar, ya que por una omisión involuntaria no especificó la Orientación de la doctorando, siendo la misma Doctor en Alimentos, Orientación Ciencia;
Que Dirección Administrativa Académica informa que se encuentran cumplimentadas las condiciones para determinar el Tribunal de Tesis que entenderá en la evaluación respectiva;
Que la Escuela de Postgrado de la Facultad toma conocimiento de la presentación del Trabajo de Tesis de la Lic. Carolina Ibarguren y aconseja la incorporación de la Orientación en el título a otorgar y la designación del Tribunal de Tesis ya propuesto;
Que en consecuencia la Comisión de asuntos Académicos mediante Depacho Nº 115/10 aconseja:
Titulares
Suplentes
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA
(En su VIº sesión ordinaria del 12 de Mayo de 2010)
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Designar el Tribunal de Tesis que tendrá a su cargo la evaluación del trabajo Bacteriocinas sintetizadas por bacterias lácticas como potenciales bioprotectores de alimentos de la Licenciada en Química Carolina Ibarguren, D.N.I. Nº 26.031.620, para el grado académico de Doctor en Alimentos Orientación: Ciencia, el que estará constituído de la siguiente manera:
Titulares
Suplentes
ARTICULO 2º.- Notificar a la doctorando Lic. Carolina IBARGUREN, a las Dras Carina Marcela AUDISIO y María C. APELLA en su carácter de Directora y Codirectora de Tesis, a sus efectos reglamentarios.
ARTICULO 3º.- Hágase saber, comuníquese a Secretaría de Facultad, al representante del Comité Académico Regional (CAR), a la Escuela de Postgrado, al Tribunal de Tesis designado y siga a Dirección Administrativa Académica y por su intermedio al Departamento Docencia para su toma de razón y oportuna remisión del trabajo de Tesis a sus miembros titulares.-
Firmado: