Salta, 14 de Abril de 2010

195/10

                                                                                                                Expte. N° 14.476/09

VISTO:

            La presentación realizada por el Ing. Nicolás Gerardo del Valle Moreno, por la cual solicita se deje sin efecto la renuncia condicionada y se le permita hacer uso de la opción contemplada en la Ley 26.508, y

CONSIDERANDO:

            Que por Resolución Nº 144/09, el Consejo Superior dispone el cese de funciones del Ing. Nicolás Gerardo del Valle Moreno, en el cargo de Profesor Regular en la categoría de Titular con dedicación Exclusiva en la asignatura Química Inorgánica del Plan de Estudios 1999 modificado de la carrera de Ingeniería Química de esta Facultad, con efecto retroactivo al 1 de marzo de 2009;

            Que asimismo por Resolución Nº 085-FI-09, se resuelve dar continuidad en el cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva, al Ing. Nicolás Gerardo del Valle Moreno, a partir del 1 de marzo de 2009 y hasta la fecha del otorgamiento del beneficio de la jubilación;

            Que a través de la Resolución Nº 1036-HCD-09 se tiene por aceptada la renuncia condicional, presentada por el Ing. Nicolás Gerardo del Valle Moreno, a partir del 1 de diciembre de 2009, en el marco del Decreto PEN Nº 8820/62;

            Que el Ing. Moreno solicita se deje sin efecto la renuncia condicional y se le permita hacer uso de la opción contemplada en la Ley Nº 26.508, a fin de permanecer en la  actividad laboral durante cinco años más después de los 65 años;
 
            Que Asesoría Jurídica, emite Dictamen Nº 11.801, firmado por el Abg. Fermín Aranda, Secretario de Asuntos Jurídicos de la Universidad Nacional de Salta, que se transcribe a continuación:
   “Vienen los presentes actuados con motivo del  desistimiento de la renuncia condicionada al otorgamiento de los beneficios provisionales, que presentara el Ing. Nicolás Gerardo  del Valle Moreno.
    Motiva el desistimiento, según manifiesta el presentante a fs. 8, su acogimiento a la Ley Nº 26.508, lo que le es factible no solo por no habérsele otorgado hasta esa fecha los beneficios provisionales, sino además porque el Art. 1 Inc. E)  de la Ley Nº 26.508, prevee el reingreso a la actividad, de conformidad a lo establecido en el Art. 34 de la LEY 24.241.
    Consecuentemente, corresponde hacer lugar a la opción ejercida por el Prof. Moreno y en consecuencia efectuar la designación en los términos de la Res. CS Nº 22/10, comunicando al ANSeS de tal situación, de conformidad a lo establecido por el Art.  34 de la Ley Nº 24.241.
   Obre la presente de atenta nota de remisión a la Facultad de Ingeniería.”;
            Que la Resolución CS Nº 022/10 dispone que el docente que ejerza la opción prevista en la Ley Nº 26.508, será designado interinamente por el período de un año por el Consejo Directivo de la Facultad de donde dependa, respetando la categoría y dedicación en que se desempeñaba al momento de realizar la opción;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
(en su sesión ordinaria del 7 de abril de 2010)

R E S U E L V E

ARTICULO 1º.- Tener por designado interinamente, a partir del 1de marzo de 2010 y  por el término de un año, al Ing. Nicolás Gerardo del Valle MORENO, en el cargo de  PROFESOR TITULAR con dedicación EXCLUSIVA en la asignatura Química Inorgánica de la Carrera de Ingeniería Química, de acuerdo a los términos de la Resolución CS Nº 22/10.

ARTICULO 2º.- Dejar sin efecto la aceptación de la renuncia condicional del Ing. Nicolás Gerardo del Valle MORENO, dispuesta por Resolución Nº 1036-HCD-09.

ARTICULO 3º.- Derogar la Resolución Nº 085-FI-09.

ARTICULO 4°.- Hágase saber al Ing. Nicolás Gerardo del Valle MORENO, Escuela de Ingeniería Química, ANSeS  Salta,  División Personal, Dpto. Docencia,  y siga a Dirección General de Personal a sus efectos.
DNG

Firmado: