Salta, 27 de Marzo de 2009
151/09
Expte. Nº 14.266/05
VISTO:
La nota presentada por el Director de la Escuela de Postgrado de la Facultad de Ingeniería, Dr. Ing. Ricardo Oscar Grossi, por la cual eleva la propuesta del arancel que deberán abonar, a partir del presente Período Lectivo, los estudiantes de la carrera de Doctorado en Ingeniería; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución Nº 90/95, el Consejo Superior aprueba el Reglamento de la Carrera de Doctorado de la Facultad de Ingeniera, en el cual no se establecía ningún arancel para cursar la carrera;
Que el Consejo Superior, a través de la resolución Nº 441/07, de fecha 12 de noviembre de 2007, ratifica la resolución nº 849/07 del Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería, que aprueba modificaciones al Reglamento de la citada carrera;
Que el artículo 41º.- del Anexo I de la resolución Nº 849-HCD-07, establece textualmente: “los alumnos de la Carrera de Doctorado en Ingeniería deberán abonar anualmente un arancel que será destinado a gastos de funcionamiento de la carrera. el monto del arancel será fijado y actualizado por el H. Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería, previo Dictamen de la Comisión de carrera de Doctorado y de Postgrado”;
Que el Comité Académico de la Escuela de Postgrado de la Facultad de Ingeniería propone el siguiente arancel: inscripción a la carrera: $ 250=, más diez (10) cuotas mensuales de $100= cada una, por año, desde la aceptación de la inscripción en la carrera hasta la presentación del Trabajo de Tesis;
Que corresponde solicitar el cumplimiento de este requisito, a los estudiantes de la carrera, inscriptos a partir del año 2008;
Que La Comisión de Hacienda mediante Despacho Nº 04/09 aconseja:
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
(en su sesión ordinaria del 18 de marzo de 2009)
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Aprobar el siguiente arancel para la Carrera de Doctorado en Ingeniería, vigente a partir del Período Lectivo 2009:
ARTICULO 2º.- Determinar que los estudiantes de la carrera inscriptos a partir del año 2008, deben cumplir con este requisito de arancel.
ARTICULO 3º.-Comuníquese a Secretaría Académica, a Secretaria Admi-nistrativa, a la Dirección General de Administración, a la Escuela de Postgrado, al Dr. Ricardo O. GROSSI, a la Dirección Administrativa Académica y al Dpto. Presupuesto y Rendiciones de Cuentas para su toma de razón y demás efectos.
FJCH
Firmado: