Salta, 12 de marzo de 2009

 

099/09

Expte. Nº 14.029/09

 

VISTO:

            La presentación realizada por el Ing. Walter Alfredo Tejerina, Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple de la cátedra de ”Saneamiento Ambiental y Seguridad Industrial” de esta Facultad, mediante la cual solicita ayuda económica para realizar el Curso de Formación de Auditores Internos de Sistemas de Gestión Ambiental según Norma IRAM ISO 19011, dictado por el Instituto Argentino de Normalización y Certificación;

CONSIDERANDO:

            Que la Escuela de Ingeniería Química sugiere que el monto sea cubierto por el Fondo de Capacitación Docente, dado que el curso se encuentra enmarcado dentro del artículo 8º inciso d) del reglamento y reviste una gran importancia para la formación específica del docente;

            Que la Comisión de Asuntos Académicos aconseja desde el punto de vista académico, se autorice al Ing. Walter Alfredo Tejerina a realizar el citado curso, observando que el mismo tiene una duración de 16 horas, no encuadrándose el pedido de ayuda económica en el marco de la reglamentación del Fondo de Capacitación Docente;

            Que la Comisión de Hacienda informa que no es factible otorgar la ayuda económica a través del Fondo de Capacitación Docente, atento que el curso no cumple con la exigencia establecida en dicha reglamentación;

            Que el Ing. Walter Alfredo Tejerina, se ha notificado de lo informado por la Comisión de Hacienda;

            Que la reglamentación vigente establece que entre las actividades financiadas por el Fondo de Capacitación Docente, se incluye: “… intervenir en curso de jerarquía académica reconocida, de no menos de cuarenta (40) horas…” (Art. 8º inciso a); y el Art. 8º inciso d) del citado reglamento expresa: “toda otra que implique la formación sistemática del docente”;

            Que la Escuela de Ingeniería Química insiste en su decisión de que los gastos demandados por la actividad sean cubiertos por el Fondo de Capacitación Docente, dado que la misma representa parte de una formación permanente;

            Que la Comisión de Reglamento y Desarrollo entiende que en este caso particular se trata de un pedido de ayuda económica para realizar un curso con una duración de 16 horas, consecuentemente la misma no puede ser financiada a través del Fondo de Capacitación Docente, por no ajustarse a la norma vigente, que contempla la realización de cursos de no menos de cuarenta (40) horas de duración y no corresponde encuadrarlo en otro ítem de la reglamentación;

            Que el presente caso fue analizado por la Comisión de Reglamento y Desarrollo en su despacho Nº 02/09;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
 (en su sesión ordinaria del 04 de marzo de 2009)

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º.- No hacer lugar a lo solicitado por el Ing. Walter Alfredo TEJERINA, Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple de la cátedra de ”Saneamiento Ambiental y Seguridad Industrial” de esta Facultad, con respecto a la ayuda económica solicitada, por no ajustarse a la norma vigente del Fondo de Capacitación Docente.

ARTICULO 2º.- Comuníquese a la Escuela de Ingeniería Química, al Ing Walter Alfredo TEJERINA y al H. Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería, para su toma de razón y demás efectos.

FJCH/smg

Firmado: