Salta, 20 de Diciembre de l999

570/99

Expte. N° 14.056/83

VISTO:

            Que por estas actuaciones la Comisión Interescuelas en su reunión del 4 de Octubre ppdo. solicita a la Comisión de Reglamento y Desarrollo se establezcan pautas reglamentarias para la elección de los Directores de Escuelas de Ingeniería de esta Facultad, en razón  de no existir normativas sobre el particular; y

CONSIDERANDO:

            Que por Despacho N° 36-99 la Comisión de Reglamento y Desarrollo eleva un proyecto de reglamento que a su criterio debería reemplazar el existente, aprobado por Res. N° 160-HCD-89 denominado “Reglamento de Organización Académica de la Facultad de Ciencias Tecnológicas”;

            Que este Cuerpo Colegiado resuelve su girado a consideración de la Comisión de Asuntos Académicos y de la Comisión de Hacienda;

            Que la Comisión de Asuntos Académicos propone que el tema sea tratado en el mes de Febrero del año entrante;

            Que este Cuerpo Colegiado en su reunión del 24 de Noviembre ppdo. resuelve continuar debatiendo el tema en cuestión y si se lograra un Despacho consensuado, someterlo a su consideración en el presente año;

            Que finalmente la Comisión de Asuntos Académicos mediante Despacho N° 207-99 en consenso con los restantes miembros de las Comisiones de este cuerpo colegiado aconsejan aprobar el proyecto presentado;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

(en su sesión ordinaria del 15 de Diciembre de l999)

R E S U E L V E

ARTICULO 1°.- Modificar, por las razones expuestas en los considerandos, la Res. N° 160-HCD-89 que aprobara oportunamente el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN ACADEMICA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS TECNOLOGICAS, por el texto que se transcribe actualizado como ANEXO I del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN ACADEMICA DE LA FACULTAD DE INGENIERIA, formando parte integral de la presente resolución.

ARTICULO 2°.- Hágase saber, comuníquese a Secretaría Académica, a las Direcciones de Escuelas, al Centro de Estudiantes, difúndase en el ámbito de la Facultad y siga por las Direcciones Administrativa Económica y Académica a la División Personal y a los Departamentos Alumnos y Docencia para su toma de razón y demás efectos.
AM/mv.

 

                                                                                                          ANEXO I
                                                                                                          Res. N° 570/99
                                                                                                          Expte. N° 14.056/83

REGLAMENTO DE LA ORGANIZACIÓN ACADEMICA DE LA
FACULTAD DE INGENIERIA

 

Artículo 1.- La Facultad de Ingeniería se organiza académicamente por Escuelas, en cada una de las cuales se agrupan las asignaturas que forman parte de la currícula de las Carreras respectivas.

Artículo 2.- Las Escuelas de Ingeniería son unidades académicas donde se coordinan y realizan las actividades de enseñanza y aprendizaje de las carreras incluídas en ellas y de acuerdo a normas generales emanadas del Honorable Consejo Directivo de la Facultad.

Artículo 3.- Las Escuelas de Ingeniería se denominan:

   a)   Escuela de Ingeniería Civil: de ella depende la Carrera  homónima,  incluyendo  las orientaciones previstas en sus planes de estudios.

   b)   Escuela de Ingeniería Industrial: de ella depende la Carrera homónima, incluyendo las orientaciones previstas en sus planes de estudios.

   c) Escuela de Ingeniería Química: de ella depende la Carrera homónima,  incluyendo las orientaciones previstas en sus planes de estudios.

Artículo 4.- Las Asignaturas de las respectivas Escuelas se agrupan en las siguientes Areas:

a)   Escuela de Ingeniería Civil:

I – Ciencias Básicas (Algebra y Geometría Analítica, Análisis Matemático I, Química, Se –
minario de Introducción a la Ingeniería, Análisis Matemático II, Física I, Física II, Análisis Matemático III, Dibujo Técnico, Análisis Numérico, Computación, Inglés).

II – Ciencias Tecnológicas Básicas (Geotecnia I, Estabilidad I, Materiales, Mecánica, Estabilidad II, Hidráulica General, Geotecnia II,Estabilidad III, Topografía y Geodesia, Hidráulica Aplicada).

III – Ciencias Tecnológicas Aplicadas (Hormigón Armado I, Hormigón Armado II, Vías de Comunicaciones I, Vías de Comunicaciones II, Construcciones Metálicas y de Madera, Instalaciones de Edificios, Estructuras Laminares, Fundaciones, Construcción de Edificios).

IV – Ciencias Complementarias (Ingeniería Sanitaria y del Medio Ambiente, Economía y Administración I, Economía y Administración II, Derechos en Ingeniería, Higiene y Seguridad en el Trabajo, Proyecto Final).

b)   Escuela de Ingeniería Industrial

I – Ciencias Básicas (Química I, Algebra y Geometría Analítica, Análisis Matemático I, Química II, Física I, Análisis Matemático II, Estadística I, Física II, Medios de Representación, Análisis Numérico,Estadística II, Informática).

II – Tecnologías Básicas (Estabilidad, Resistencia de Materiales,Termodinámica I, Electrotecnia, Teoría General de Sistemas, Máquinas e Instalaciones Eléctricas. Materiales Industriales I, Electrónica, Termodinámica II, Mecánica  y  Elementos de Máquinas, Tecnología Mecánica, Construcciones Industriales, Materiales Industriales II, Ingeniería de Sistemas Industriales).

III – Tecnologías Aplicadas (Microeconomía, Organización Industrial I, Análisis Económico Finaciero, Macroeconomía, Organización Industrial II, Costos Industriales, Formulación y Evaluación de Proyectos, Investigación Operativa I, Investigación Operativa II, Relaciones Humanas, Proyecto).

IV – Tecnologías Específicas (Fundamentos de las Operaciones Industriales, Higiene y Seguridad Industrial, Operaciones y Procesos Industriales, Industrias I, Instrumentación y Control Automático, Gestión Ambiental, Industrias II, Derecho para Ingenieros, Ingeniería de Planta, Gestión de Calidad, Gestión Estratégica, Práctica de Fábrica, Cursos de Actualización).

c)   Escuela de Ingeniería Química

I – Básica General (Química General, Algebra y Geometría Analítica, Análisis Matemático I, Química Inorgánica, Física I, Análisis Matemático II, Análisis Matemático III, Física II, Análisis Numérico, Química Analítica e Instrumental, Química Orgánica I, Química Orgánica II)

II – Básica Específica (Termodinámica I, Termodinámica II, Fenómenos de Transporte, Fisicoquímica, Cinética Química)

III – Profesional General (Dibujo Técnico, Economía, Instalaciones Eléctricas, Organización y Administración Industrial)

IV – Profesional Específica (Operaciones Unitarias I, Operaciones Unitarias II, Servicios Auxiliares, Fundamentos de Biotecnología, Materiales de Ingeniería Química, Operaciones y Procesos, Instrumentación y Control de Procesos, Procesos Industriales, Diseño de Procesos, Diseño Mecánico de Equipos, Optimización de Procesos, Proyecto Industrial, Gestión Ambiental).

V – Orientación (Beneficio de Minerales, Petroquímica, Alimentos)

Las Asignaturas de las Carrera de Ingeniería que a continuación se detallan dependen académica y administrativamente de las siguientes Escuelas:

Dibujo Técnico (Medios de Representación), Derechos en Ingeniería (Derecho para Ingenieros), Física II, Análisis Matemático III, Inglés: Escuela de Ingeniería Civil

Química General (Química I, Química), Análisis Matemático I, Física I: Escuela de Ingeniería Química

Algebra y Geometría Analítica,Química II (Química Inorgánica), Análisis Matemático II: Escuela de Ingeniería Industrial

Estas Cátedras prestan servicio a las Carreras de Ingeniería de la Facultad.

 Artículo 5.- Cada Escuela de Ingeniería estará dirigida por una Comisión de Escuela, que será presidida por un Director.

Artículo 6.- El  Director  y Vicedirector de  Escuela  deberán  tener  categoría de Profesor, como mínimo dedicación semiexclusiva y desempeñar funciones docentes en dicha Escuela.

Artículo 7.- Se establece el siguiente mecanismo de elección del Director y Vicedirector de Escuela:

a . Los candidatos a Director y Vicedirector, serán propuestos en una sola fórmula, por los Docentes de la Escuela y presentada a la Dirección de Escuela.

b. Las fórmulas serán publicadas durante un plazo no menor a siete días y se convocará, en forma inmediata, a una Asamblea de la Escuela, a la que se dará amplia difusión.

c. En dicha Asamblea se procederá a elegir al Director y Vicedirector de la Escuela, entre las fórmulas presentadas y publicadas.

    La Asamblea decide la forma de elección, ya sea por votación o consenso.

d. Elegidos el Director y Vicedirector de Escuela, la Asamblea procederá a incorporar, a propuestas de las Areas, un representante Profesor y un Auxiliar de la Docencia por cada Area, a la Comisión de Escuela.

Articulo 8.- El Director y Vicedirector elegidos por la Asamblea, serán designados por el Honorable Consejo Directivo y durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos por un solo período consecutivo.

Artículo 9.- Las Comisiones de Escuela dictarán su propio reglamento de funcionamiento y estarán integradas por los siguientes miembros, que podrán ser reelegidos:

- Un Director y un Vicedirector
   El  Vicedirector  reemplazará  al  Director  en  caso  de ausencia o impedimento, y tendrá las mismas atribuciones mientras dure su reemplazo.
   En caso de acefalía definitiva en el cargo de Vicedirector y cuando reste menos de la mitad para completar el período de designación, esta función será asumida    por el miembro de la Comisión de Escuela de mayor antigüedad docente.
   En caso de que dicho período sea mayor, se deberá convocar a elección para cubrir dicho cargo, de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.

- Un Secretario, elegido de entre los miembros de la Comisión de Escuela, por el término de un año.

 - Un Profesor y un Auxiliar de la Docencia en representación de cada una de las Areas, que durarán en sus funciones dos años.

- Un Graduado Titular y un Suplente, elegidos  por el  mismo Claustro,  renovándose cada vez que los Consejeros Graduados se renueven.

- Un Estudiante Titular  y  un Suplente,  que  deberán  estar  cursando  3er. Año en delante de la Carrera, los cuales serán propuestos por el Centro de Estudiantes de Ingeniería y durarán en sus funciones un año.

La conformación por los distintos miembros de la Comisión de Escuela, debe ser aprobada por el Honorable Consejo Directivo, a propuesta de la misma.

Artículo 10.- Son atribuciones de cada Comisión de Escuela:

a) Asesora al Honorable Consejo Directivo y al Decano en todo lo que se relacione con la dirección, coordinación y supervisión de las actividades académicas dentro de la Escuela. 

b) Coordinar con los Profesores responsables de las Asignatura de la Escuela, todo lo que haga el desarrollo teórico y práctico de las mismas, con el fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos fijados en los respectivos Planes de Estudio, proponiendo los cambios o ajustes necesarios.

c) Seguimiento y control de las Cátedras que integran la Escuela respectiva.

d) Estudiar permanentemente sobre la necesidad o conveniencia de corregir, actualizar o adecuar los Planes de Estudios respectivos.
                                                                                                                                    ./
e) Proponer al Decano, la integración de losTribunales Examinadores y coordinar fechas de exámenes de Asignaturas de la Escuela.

f) Proponer los viajes de estudio de las Cátedras  que  lo  planifiquen  coordinando  esta actividad con las otras Cátedras afectadas.

g) Elevar al Decano las necesidades de personal por Areas y el Plan Anual de gastos de la Escuela.

h) Asignar y controlar el presupuesto ootorgado anualmente por el  Honorable Consejo Directivo.

i) Organizar cursos,  seminarios  o  reuniones  relacionados  con  la  metodología de la enseñanza de la carrera correspondiente, avance científico y/o temas tecnológicos.

j) Convocar  a  los  Docentes  de  la Escuela para reuniones sobre temas referidos a las actividades académicas de la misma.

k) Tratamiento  de  todo  tema  de  interés  para  la  Escuela, planteados  por  entidades extrauniversitarias, para toma de conocimiento o solicitud de opinión.

Artículo 11.- El Director de la Escuela tiene las siguientes atribuciones:

a) Presidir las reuniones de la Comisión.

b) Representar a la Escuela ante el Honorable Consejo Directivo de la Facultad  u  otro organismo que requiera la presencia de la Escuela.

c) Refrendar  y  comunicar  las  opiniones  de  la  Comisión  ante las autoridades  de  la Facultad.

d) Solicitar información académica, transmitir normas y reglamentaciones vigentes a los Profesores responsables de las Asignaturas pertenecientes a la Escuela, con  el  apoyo administrativo correspondiente.

Artículo 12.- El Secretario de la Comisión de Escuela tendrá las siguientes funciones:

  1. Citar a reuniones, de acuerdo con el Director.
  2. Levantar actas de las reuniones.
  3. Elaborar juntamente con el Director, toda la documentación emanada de la Comisión.

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