SALTA, 04 de Octubre de 2007


Expediente Nº 8178/98

RES. CD. Nº 462/07


VISTO:


Las carreras de Especialidad y Maestría en Energías Renovables creadas por Res. CS-124/98;

El pedido de instrucciones formulado a fs. 122 por la División Administrativa de Posgrado de esta Facultad, para resolver situaciones de inscripciones simultáneas en las carreras de Especialidad y Maestría en Energías Renovables, no previstas en las reglamentaciones vigentes;


CONSIDERANDO:

Que el Comité Académico respectivo a fs. 119 aconsejó:

  1. Que en todos los casos de inscripción aceptada en la Maestría se conceda automáticamente la inscripción en la Especialidad, si ésta se formulara por el interesado.

  2. Que los pagos de arancel se acrediten al título que se obtenga primero, realizándose una liquidación complementaria en caso de solicitarse el segundo título.


Los despachos favorables de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Disciplina (fs. 127 y 127 vta.) y de la Comisión de Docencia e Investigación (fs. 129);


Que el Consejo Directivo en su sesión ordinaria del 19/09/07 resolvió aprobar el Proyecto de Resolución que corre a fs. 130 y 131, elaborado por la Comisión de Interpretación, Reglamento y Disciplina;


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias;


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º: Aprobar el procedimiento a seguir para inscripciones simultáneas en las carreras de Especialidad y de Maestría en Energías Renovables de esta Unidad Académica:


  1. Inscribir en la Especialidad en Energías Renovables de oficio a todo alumno de la Maestría en Energías Renovables que así lo solicite y,


  1. Dar por cumplida la presentación de la documentación requerida para la inscripción en la Especialidad (Art. 4º - Anexo I de Res. CS-335/06), ya que el mismo requisito es solicitado para la Maestría.


  1. Reconocer en forma automática, a los alumnos inscriptos en las carreras de Especialidad y Maestría en Energías Renovables, las asignaturas de dictado común de acuerdo al cuadro de requerimientos aprobado por Res. CS-124/98 –Anexo I- punto 4 y a la siguiente tabla:


Asignaturas

Nº de horas

Especialidad

Maestría

Energética General y Medio Ambiente

80

X

X

Energía Eólica

40

X

Microturbinas

40

X

Energía Solar I

40

X

X

Energía Geotérmica

40

X

Energía de Biomasa I

40

X

Inglés

40

X

X

Computación

40

X

X


X: Asignaturas obligatorias

: Tres de las cuatro marcadas


  1. Acreditar los aranceles abonados por el interesado, al título que se obtenga primero, realizándose una liquidación complementaria en caso de solicitarse el segundo título.


  1. Establecer idéntico procedimiento para el caso que un alumno de la Especialidad en Energías Renovables solicite su inscripción en la carrera de Maestría en Energías Renovables.


ARTICULO 2º: Solicitar al Consejo Superior la homologación del procedimiento indicado en el artículo precedente y su incorporación a los reglamentos respectivos.


ARTICULO 3º: Hágase saber con copia al Comité Académico de la Especialidad y Maestría en Energías Renovables, a la Dirección de Control Curricular, a la Comisión de Posgrado de la Facultad, a la Dirección Administrativa Económica y a la División Adm. de Posgrado. Cumplido, siga a los fines previstos en el artículo 2º a la Secretaría del Consejo Superior.


mxs


Firmado: Dr. Jorge F. Yazlle - Ing. Norberto Bonini

Secretario Académico - Decano