SALTA, 11 de Abril de 2006
Expediente Nº 8562/05
RES. C.D. Nº 129/06
VISTO:
La presentación efectuada por la Lic. Mirta Evangelina Romero – D.N.I. Nº 24.332.807, en el sentido de solicitar su inscripción en la carrera de Maestría en Energías Renovables, en el marco del Convenio firmado entre esta Universidad y la Universidad Nacional de Catamarca (Res. R. N° 205/03);
CONSIDERANDO:
Que el Comité Académico de la Maestría en Energías Renovables, a fs. 17 aconseja aceptar la inscripción de la Lic. Romero, avalando las asignaturas cursadas y aprobadas por la recurrente y dejando aclarado a fs. 31 vta., que las asignaturas que aún le restan aprobar pueden no dictarse en esta Universidad ni en la de Catamarca;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS
(en su sesión ordinaria del día 22/03/06)
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: Aceptar la inscripción de la Lic. MIRTA EVANGELINA ROMERO – D.N.I. Nº 24.332.807, en la Carrera de Maestría en Energías Renovables, la que, en función del Protocolo de Acuerdo aprobado por Res. R. 205/03, esta Facultad desarrolló en la Universidad Nacional de Catamarca.
ARTICULO 2°: Tener por homologada la situación curricular de la Lic. Mirta Evangelina Romero, en base a los informes presentados por los docentes responsables y con las notas que en cada caso se indica:
Materias |
Calificación |
Informe docente |
Energética General y Medio Ambiente |
7 (siete) |
Fs. 25 |
Energía Solar I |
6 (seis) |
Fs. 28 |
Energía Solar II |
7 (siete) |
Fs. 30 |
Energía Eólica |
7 (siete) |
Fs.27 |
Energía de Biomasa I |
8 (ocho) |
Fs.24 |
Energía de Biomasa II |
8 (ocho) |
Fs.26 |
Medición e Instrumentación |
7 (siete) |
Fs.29 |
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RES. CD-129/06
ARTICULO 3°: Dejar aclarado que para completar el Plan de Estudios de la carrera en cuestión, la recurrente debe obtener el reconocimiento de un mínimo de 16 créditos por actividades optativas y aprobar las asignaturas que seguidamente se detalla:
Microturbinas
Energía Geotérmica
Inglés
Computación
Taller de Integración
ARTICULO 4°: Hacer saber a la recurrente que, según dictamen del Comité Académico que corre a fs. 31 vta., las asignaturas mencionadas en el artículo precedente pueden no dictarse en esta Universidad ni en la Universidad de Catamarca, eventualmente “Energía Geotérmica” y “Taller de Integración” se dictaría en el transcurso del cte. año en la UNNE (Corrientes).
ARTICULO 5º: Hágase saber con copia a la recurrente, al Comité Académico de la Maestría en Energías Renovables, a la División Adm. de Posgrado y a la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la U.N.Ca.. Cumplido, RESERVESE.
NV
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Firmado:
Prof. María Elena Higa, Secretaria Académica
Ing. Juan Francisco Ramos, Decano