Salta, 29 de junio de 2005

Expediente N° 8474/04

RES. CD. N° 175/05

VISTO:

Las presentes actuaciones;

La Res. CS Nº 014/04 de Régimen de Permanencia que en su Título I establece: “Están sujetos al Régimen de Permanencia todos los docentes regulares dentro de cualquier categoría, que hayan aprobado dos concursos abiertos consecutivos en esta Universidad, en la misma categoría y materia o materias afines del área Disciplinar correspondiente, mediando entre cada concurso cinco años. La materia, o materias afines del área Disciplinar serán definidas por el Consejo Directivo de cada Unidad Académica”;

El Estatuto de la Universidad Nacional de Salta que en su Art. 184 (Disposiciones Transitorias) establece: “La Carrera Académica Universitaria rige en el ámbito de la Universidad Nacional de Salta a partir de la aprobación por el Consejo Superior de la reglamentación respectiva, la que debe prever el reconocimiento de los concursos regulares realizados con anterioridad en la misma categoría”;

La Res. CS Nº 349/04 que interpreta en su artículo 1º que se adquiere permanencia en la misma categoría luego de dos concursos públicos y abiertos, lo que implica que ingresa al Régimen de Permanencia, a partir de la fecha de designación como consecuencia del segundo concurso;

CONSIDERANDO:

Que las características particulares de funcionamiento del Departamento de Física que históricamente, se desenvolvió no con una estructura de cátedra sino a través de la rotación de los docentes en distintas asignaturas, hace difícil instrumentar la Res. C.S. Nº 014/04 en su ámbito;

Que algunos docentes que concursaron su cargo en una asignatura determinada no se desempeñaron en ella en los últimos tres años por diversas razones;

Que algunos docentes de la Facultad concursaron sus cargos en distintas asignaturas en el primer y segundo concurso por distintas razones, tales como:

Que cada uno de los Departamentos de la Facultad consideran que las asignaturas con dependencia académica de los mismos, constituyen una única Área Disciplinar a los efectos de la Res. C.S. Nº 014/04;

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RES. CD. 175/05

Que es necesario establecer claramente qué docentes deben ser incorporados al Régimen de Permanencia al haber concursado su cargo dos veces en materias afines de su respectiva Área Disciplinar;

POR ELLO;

Y en uso de las atribuciones que le son propias;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS

(en su sesión ordinaria del 15/06/05)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º: Definir para la Facultad de Ciencias Exactas, a los fines de la Res. C.S. N° 014/04, las siguientes Áreas Disciplinares: Informática, Física, Matemática y Química.

ARTÍCULO 2º: Disponer que son materias afines del Área Disciplinar Informática, todas aquéllas asignaturas que tienen dependencia del Departamento de Informática.

ARTÍCULO 3º: Disponer que son materias afines del Área Disciplinar Física todas aquéllas asignaturas que tienen dependencia del Departamento de Física.

ARTÍCULO 4º: Disponer que son materias afines del Área Disciplinar Matemática todas aquéllas asignaturas que tienen dependencia del Departamento de Matemática.

ARTÍCULO 5º: Disponer que son materias afines del Área Disciplinar Química todas aquéllas asignaturas que tienen dependencia del Departamento de Química.

ARTÍCULO 6º: La Facultad deberá emitir una resolución individual para cada docente que se incorpore al Régimen de Permanencia, indicando el Área Disciplinar y la asignatura en la que concursó, si correspondiere.

ARTICULO 7º: Dejar aclarado que toda situación no contemplada por esta resolución será resuelta por el Consejo Directivo de la Facultad.

ARTÍCULO 8º: Hágase saber con copia a cada Departamento de esta Unidad Académica y a los Docentes dependientes de Decanato. Cumplido siga al Consejo Superior para su convalidación.

Firmado:
Prof. María Elena Higa, Secretaria Académica
Ing. Juan Francisco Ramos, Decano