SALTA, 12 DE JUNIO DE 2.003 Expediente N° 8.066/03
Res. CD. Cs. Ex. N° 137/03
VISTO:
La solicitud de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Disciplina en el sentido de modificar el párrafo 50 de los considerandos de la Resolución N° C,D, 097/03, relativos a la Selección de Personal Docente a través de Concursos o llamados a Inscripción;
CONSIDERANDO:
Que éste Consejo Directivo habilitó el tratamiento de lo sugerido por la Comisión antes mencionada en su sesión del día 4 de junio de 2003, resolviendo por mayoría, se adopte la redacción alternativa propuesta, la cual será analizada en Comisión;
POR ELLO Y en uso de las atribuciones que le son propias;
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°: Modificar el párrafo 5° de los "CONSIDERANDOS" de la Resolución C.D. N° 097/03, el cual habría de quedar redactado de la siguiente manera:
“Que Asesoría Jurídica en su dictamen determina que la finalidad de un concurso es la selección de un postulante, atento a las cualidades del mismo, previa selección del criterio que debe forjar el Jurado, prevaleciendo en los concursos como medio de selección, elementos persona/es o subjetivos, que necesariamente determinarán la decisión del jurado o Tribunal.”
“Que la obligación del Jurado, luego de valorar con criterios objetivos y eventualmente subjetivos a los postulantes, es la de establecer un orden de mérito, del que surja el candidato más apto para cubrir el cargo.”
ARTICULO 2°: Hágase saber a cada uno de los Departamentos Docentes y a la Sección Administrativa de Concursos y Convocatoria para cubrir cargos interinos. Cumplido. RESÉRVESE.-
NV
rgg
Firmado:
Lic. Verónica Javi, Secretaria Académica
Ing. Juan Francisco Ramos, Decano